Sierra Grande: era un trabajador esencial en la pandemia, murió por Covid y deberán indemnizar a su familia

El hombre fallecido despachaba combustible en pandemia.

La Cámara Laboral de Viedma emitió un fallo en el cual condenó a una ART a otorgar una indemnización a los herederos de un hombre de Sierra Grande que falleció a causa de complicaciones derivadas del Covid-19.

El hombre, que trabajaba como despachante de combustible durante el aislamiento por la pandemia, contrajo la enfermedad y posteriormente desarrolló pulmonía bilateral, lo que finalmente resultó en su fallecimiento.

El hombre, al contagiarse de Covid-19, fue puesto en aislamiento junto con su familia. Sin embargo, debido a la baja saturación de oxígeno, fue derivado al hospital de Sierra Grande, donde se le diagnosticó la pulmonía bilateral. Debido a la gravedad de su condición, fue trasladado al Hospital Zatti de Viedma, donde recibió asistencia respiratoria. Tristemente, poco después falleció debido a una insuficiencia respiratoria causada por el Covid-19.

Los herederos del hombre llevaron adelante un reclamo por indemnización ante la Comisión Médica, y durante el proceso se reconoció que la enfermedad tenía un origen laboral. Esto generó la obligación por parte de la ART de brindar cobertura, por lo cual se le intimó a presentar un acuerdo. Sin embargo, la aseguradora no cumplió con esta solicitud.

En su defensa, el apoderado de Prevención ART S.A. argumentó que no se había demostrado que el contagio y posterior fallecimiento del hombre fueran consecuencia directa o en ocasión del trabajo. Sin embargo, la Cámara Laboral consideró que, según el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 367/2020, ratificado y prorrogado por los D.N.U. N° 39/2021 y 266/2021, la enfermedad Covid-19 se considera presuntivamente una enfermedad de carácter profesional para los trabajadores esenciales.

Además, la norma establece que las ART no pueden rechazar la cobertura de estas contingencias y deben garantizar que los trabajadores esenciales afectados reciban las prestaciones correspondientes de la Ley de Riesgos de Trabajo de manera inmediata.

En base a esto, la Cámara Laboral concluyó que los herederos del hombre tienen derecho a recibir los importes indemnizatorios derivados de su fallecimiento. Asimismo, se determinó que la ART se encuentra en mora en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones desde el vencimiento del plazo otorgado, por lo que se deben calcular los intereses correspondientes a partir de esa fecha.

En resumen, este fallo establece que los herederos del trabajador fallecido tienen derecho a recibir una indemnización por su muerte a causa del Covid-19, considerado como una enfermedad profesional para los trabajadores esenciales. La ART tiene la obligación de brindar cobertura y cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma.