Unificación de penas: el STJ  determina ley aplicable

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Poder Judicial
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) estableció que la ley aplicable es la vigente al momento del hecho que genera la necesidad de unificar. El criterio se fijó a raíz del reclamo de un condenado de Roca. En 2005, una reforma limitó la posibilidad de beneficios y por eso el detenido exigía la aplicación de la norma más beneficiosa. No hicieron lugar a su pretensión.

En 2005, el Congreso de la Nación aprobó una reforma a la ley de Ejecución, que es la que rige para las personas condenadas. Algunos de esos cambios limitaron la posibilidad de beneficios para ciertos delitos. Entre ellos se encuentra el de homicidio en ocasión de robo, por el que Miguel Angel Coria recibió, en 2009, la pena de 19 años de prisión.

Como Coria ya tenía una pena de seis meses de prisión en suspenso por un hecho cometido en 2003 y otra pena de un año de prisión efectiva por un hecho de 2007 hubo que unificar sus condenas.

Como resultado se le impuso una pena única de 20 años de prisión. Al momento de cumplir con el requisito del plazo temporal su defensa solicitó la libertad condicional. Pero desde la reforma de 2005, los condenados por homicidio en ocasión de robo no pueden acceder a ese beneficio.

Entonces la defensa reclamó la aplicación de la ley más benigna, es decir la que regía antes de la reforma de 2005. Hubo una resolución del Juzgado de Ejecución de Roca, otra del Tribunal de Impugnación y finalmente se expidió el STJ que fijó el criterio.

El fallo sostuvo que al producirse una unificación el hecho pierde individualidad frente a la imposición de una pena única que fija el régimen de ejecución aplicable.

En estos supuestos, la ley aplicable es la vigente al momento en que nace la obligación de unificar. Es decir, la del momento de la comisión de los nuevos hechos que crean el concurso.

En el caso, el último hecho por el que fue condenado Coria fue el que generó la obligación de unificar y es el que marca el régimen de ejecución aplicable: ley 25892, que no permite la libertad condicional para los condenados por homicidio en ocasión de robo.


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