Un agente de policía que prestaba servicios en el destacamento de La Lobería sufrió un accidente mientras intentaba bajar a la playa por un sendero pedregoso.
El hombre resbaló al pisar escombros y sufrió un severo traumatismo en el codo derecho y la columna lumbar. Aunque inicialmente se le reconoció una incapacidad laboral menor, el trabajador decidió llevar el caso a juicio.
Después del accidente, el agente fue trasladado al hospital de Viedma, donde se le realizaron pruebas médicas para evaluar la gravedad de sus lesiones. Fue derivado al Sanatorio Austral, donde recibió medicación y se le indicó tratamiento kinesiológico en la región lumbar.
Además, se le realizó una resonancia magnética nuclear de la columna lumbosacra y del codo derecho, revelando una fractura en el sector posterior de la cúpula radial con compromiso de la superficie articular y desplazamiento del fragmento óseo.
A raíz de estos hallazgos, se le recomendó al agente continuar con sesiones de fisiokinesioterapia y se le realizó un estudio electromiográfico. Después de completar el tratamiento, el trabajador fue dado de alta y su empleador lo asignó a tareas que se adecuaran a su condición física, pasando a desempeñarse como oficial de guardia.
Sin embargo, el agente decidió presentar una queja ante la Comisión Médica debido a una «divergencia en la determinación de la incapacidad», cuestionando el dictamen emitido por el organismo administrativo. En respuesta, el apoderado de Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., la aseguradora del empleado, reconoció que el accidente laboral efectivamente ocurrió y que se habían otorgado las prestaciones médicas correspondientes.
A pesar de intentar llegar a un acuerdo en una audiencia de conciliación, las partes no lograron resolver sus diferencias y la demanda continuó su curso. En su dictamen, la perita médica encargada del caso describió las limitaciones en los movimientos del codo derecho del agente, directamente relacionadas con la fractura de cúpula radial causada por el accidente y aceptada por la aseguradora.
Como resultado, la Cámara Laboral dictaminó que Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. debía indemnizar al trabajador por los daños sufridos, incluyendo el capital e intereses correspondientes. Este fallo pone de relieve la importancia de garantizar la seguridad laboral y la protección de los trabajadores en casos de accidentes y lesiones relacionadas con su actividad profesional.
En conclusión, este caso destaca la necesidad de que los empleadores y las aseguradoras cumplan con sus responsabilidades en materia de seguridad laboral y compensación por accidentes de trabajo. La indemnización otorgada al agente de policía afectado es un paso en la dirección correcta para garantizar una justa compensación por los daños sufridos y promover un entorno laboral seguro para todos los trabajadores.