Un Tribunal de Juicio de Roca impuso la pena de 8 años y 8 meses de prisión al autor de un homicidio simple ocurrido en Allen. El monto de la pena había sido propuesto de común acuerdo por la fiscalía y la defensa y finalmente fue avalado por el Tribunal, en una sentencia que se dictó días atrás.
El homicidio de Daniel Darío Gómez ocurrió en mayo de 2014. El autor, Jalil Rodrigo Salvo, de 36 años, estuvo prófugo, se ordenó su captura internacional y fue detenido en Chile. Finalmente fue extraditado y juzgado este año en Roca. Actualmente está detenido.
Por unanimidad las juezas Verónica Rodríguez y María Gadano y el juez Gastón Martín lo condenaron como autor del delito de “homicidio simple” y descartaron el “exceso en la legítima defensa” que proponía el defensor.
Con la prueba producida en el juicio, el Tribunal tuvo por demostrado que Salvo actuó con “dolo homicida” al golpear reiteradamente a la víctima, en la cabeza, con un poste. El ataque ocurrió luego de una discusión que había enfrentado a ambos hombres en el interior y en la vereda de un local nocturno de Allen, en inmediaciones de la esquina de Juan B. Justo y Eva Perón.
En la audiencia de cesura, realizada el 29 de abril, la fiscalía propuso una condena de 8 años y 8 meses de prisión efectiva, considerando principalmente que Salvo no registra antecedentes penales.
El abogado defensor y el propio imputado manifestaron expresamente su conformidad. El viernes 03 de mayo, el Tribunal leyó la sentencia que fijó esa pena.
La defensa, de todos modos, anticipó que evalúa la posibilidad de plantear un recurso contra la calificación legal de “homicidio simple”, para insistir ante el Tribunal de Impugnación con su teoría del caso sobre un homicidio “con exceso en la legítima defensa”.