En el marco de una suspensión de juicio a prueba, un hombre aceptó la obligación de devolver en cuotas mensuales un monto de dinero que había administrado en forma fraudulenta cuando presidía el Club Social y Deportivo Lavalle entre los años 2018 y 2022. La solución al conflicto fue analizada y aceptada por la actual comisión directiva de la entidad barrial.
El hombre había sido denunciado por quien ocupaba la vicepresidencia del Club que advirtió las maniobras defraudatorias en la administración de fondos a partir de disposiciones patrimoniales injustificadas por un monto superior a los 2.400.000 pesos. Esto, tal como describió la Fiscalía en la audiencia de hoy en la que se detallaron los hechos investigados, fue realizado “con el fin de procurar para sí o un tercero un lucro indebido, y perjudicando de ese modo los intereses que le fueran confiados”.
Según la acusación, el acusado dispuso del dinero que ingresaba a la cuenta bancaria del club proveniente de distintas fuentes estatales, justificando luego esas operaciones con facturas o recibos “en muchos casos superpuestos en montos y fechas, correspondientes a la adquisición de bienes o prestación de servicios que no existieron en realidad”.
Añadió la acusación que “para concretar parte de esas maniobras, el hombre contó con el aporte de una mujer” que “a sabiendas de su falsedad y utilizando una clave fiscal que administraba, emitió 17 facturas, por un monto total de $2.225.000 que fueron luego utilizadas para rendir parte de los fondos ante los organismos correspondientes”.
A ambos imputados se les endilgó el mismo delito, de defraudación por administración infiel, en distinta calidad siendo, quien se desempeñaba como presidente de la institución sindicado como autor y la mujer, partícipe necesaria.
A la hora de argumentar la solución de este delito patrimonial, la Fiscalía mencionó que ninguno de los implicados cuenta con antecedentes penales y que la misma fue previamente analizada por la actual comisión directiva de la entidad deportiva que la discutió en asamblea y la aceptó previamente.
Sólo después de tal aceptación, la Fiscalía y las defensas (tanto pública como privada) acordaron, en el caso de la mujer, aplicar un criterio de oportunidad que, tal como indica la herramienta legal, la obliga a erogar 20.000 pesos en concepto de reparación simbólica. El autor, en cambio, devolverá los más de dos millones de pesos en cuotas mensuales y deberá además realizar 50 horas de trabajo comunitario en una institución social.
Luego de evaluar todos estos aspectos, el Magistrado interviniente resolvió otorgarle al hombre la suspensión de juicio a prueba con las obligaciones asumidas más las pautas de conducta formales que implica el beneficio procesal, por el término de dos años. En el caso de la mujer, tuvo presente el criterio de oportunidad acordado en el ámbito de la Fiscalía.