Bahía Blanca: justicia federal aparta a la UFIJ 8 de la investigación por explosión en local de La Cámpora

Foto: Diario El Norte

Desde el Juzgado Federal N° 2 se presentó ante el Juzgado de Garantías a cargo de la Dra. Marisa Promé un oficio inhibitorio en el que se solicita que se inhiba de seguir interviniendo en las actuaciones labradas en relación a la explosión ocurrida en la sede de la agrupación política La Cámpora de Bahía Blanca, y en consecuencia remita las actuaciones realizadas a ese Juzgado.

Al contestar el pedido, el Fiscal Marcelo Romero Jardín – titular de la UFIJ N° 8 – no se opuso entendiendo que los delitos son de competencia federal y detalló que tomó intervención – ante el rechazo telefónico por parte de la Fiscalía Federal- para evitar demoras que pusieran en riesgo le eficacia de la investigación.

De esa manera se impartieron las primeras directivas para que el personal policial pudiera realizar las tareas investigativas.

Además detalla el Fiscal que la conducta investigada podría encuadrarse en lo normado en los artículos 55, 186 inciso 1°, 189 bis primer párrafo y 213 bis del Código Penal, estos dos últimos de competencia federal por estar contemplados en el artículo 33 del Código de Procedimiento Penal de la Nación.

Ahora la causa, con los elementos de prueba reunidos hasta el momento, continuará en el fuero Federal.

Cómo interviene la justicia de Bahía Blanca

Desde la UFIJ N° 8, a cargo del Fiscal Marcelo Romero Jardín, se tomaron las medidas inmediatas para recolectar los indicios necesarios en busca de determinar lo sucedido en el local ubicado en Berutti y Donado de Bahía Blanca, actualmente ocupado por la agrupación política La Cámpora tras la explosión sucedida en la jornada del martes 25 de mayo.

La Fiscalía provincial tomó intervención después de que la policía se comunicara con la Fiscalía Federal en turno, quien alegó no ser competente. Así es que desde la UFIJ N° 8 se brindaron las primeras directivas para recolectar elementos de prueba.

En el lugar se encontraba trabajando la Dirección de Explosivos por lo que se solicitó un informe detallado de su intervención, además se pidió un relevamiento de las cámaras privadas y municipales del sector y declaraciones testimoniales de todos aquellos que hayan tomado conocimiento de alguna circunstancia relevante para la investigación.

Una vez colectada toda esa información se analizarán los pasos a seguir en el marco de la causa.

Se investigan los delitos tipificados en los artículos 186 inciso 1, 189 bis inciso 1 y 213 bis del Código Penal, los que se refieren a estrago doloso por explosión, tenencia de bombas y materiales explosivos y organizaciones que tienen por objeto imponer ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor.