Juicio por jurados en Cipolletti: veredicto de culpabilidad por el homicidio de Paulo Moncada

Compartir

 

 

Después de tres horas de deliberación, el jurado popular declaró culpable por unanimidad a Daniel Salazar por el homicidio de Paulo Moncada, ocurrido el 10 de noviembre del 2022 en el barrio los Médanos de Cipolletti.

El debate comenzó el lunes y declararon 23 testigos, entre peritos, policías y allegados a la víctima. Este jueves se expusieron los alegatos de cierre, después las instrucciones, y finalmente el veredicto.

Daniel Salazar fue hallado culpable por el jurado popular por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

Link al veredicto:

https://www.youtube.com/watch?v=9u3I–Gx2Eo

 

El hecho

El homicidio que se juzgó ocurrió el 10 de noviembre del 2022, a las 12:45 horas en el barrio los Médanos de Cipolletti. Según la teoría del Ministerio Público Fiscal, Daniel Salazar caminaba por allí junto a su pareja, cuando supuestamente comenzó a insultar a Paulo Moncada, que estaba en la vereda con una vecina. En ese contexto, extrajo un arma de fuego, que portaba sin autorización legal, y con la clara intención de quitarle la vida, le efectúa dos disparos a Moncada impactando uno de ellos a nivel paraumbilical izquierdo, y el segundo en línea axilar posterior a nivel del octavo espacio intercostal, causándole lesiones en el intestino delgado y neumotórax.

A raíz de las lesiones de extrema gravedad, la víctima fue derivada e internada en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital de Cipolletti, situación en la que permaneció hasta el 24 de noviembre. Ese día falleció.

La fiscalía mantuvo su teoría del caso desde la formulación de cargos, momento en que a Salazar le dictaron la prisión preventiva. El abogado del imputado, en cambio, sostuvo la inocencia de su cliente.

 

Selección del jurado

La semana previa al juicio hubo una audiencia de selección del jurado. Ese día un grupo de personas, entre hombres y mujeres, concurrieron a la Oficina Judicial de Cipolletti. Las partes entrevistaron a la gente y luego de la aplicación de un sistema de filtros legales consiguieron formar un jurado imparcial compuesto por ocho mujeres y ocho hombres. La legislación requiere el voto de las y los 12 integrantes titulares. El resto son suplentes. Las personas del jurado están todas domiciliadas en localidades de la Cuarta Circunscripción Judicial que comprende desde Catriel a Fernández Oro.

 

El juicio

El debate comenzó el lunes 26 de febrero con las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura. Durante tres días, en audiencias que se realizaron a la mañana y a la tarde, el tribunal popular escuchó la declaración de testigos y observó los informes de peritos y profesionales. La parte probatoria concluyó el miércoles.

Este jueves el juicio terminó con los alegatos finales de cada parte y la explicación, por parte del juez técnico, de las instrucciones finales de deliberación para el jurado. Tras recibir las instrucciones el jurado pasó a deliberar en sesión secreta.

Luego de tres horas, la persona elegida por su pares para presidir el jurado popular entregó el veredicto de culpabilidad.

El imputado fue asistido por el defensor particular Michel Rischmann. Por el Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna, el fiscal del caso Martín Pezzetta y el adjunto Juan Pablo Escalada. El juez técnico fue Julio Sueldo.

 

Cómo sigue el proceso

Con este resultado finalizó la participación del jurado y las partes tendrán cinco días hábiles para ofrecer nuevas pruebas de cara al juicio de cesura, en el que el juez técnico definirá el monto de la pena.

En Río Negro ya se realizaron dieciséis juicios por jurados desde 2020, cuando se implementó por primera vez esa modalidad de juzgamiento vigente desde 2019. Esa fue la última etapa de la reforma procesal penal aplicada en 2017. Las áreas de Comunicación del Poder Judicial y de la Procuración transmiten por el canal de YouTube institucional todas las partes públicas de los juicios por jurados con el objetivo de garantizar la publicidad y la transparencia del proceso.


Compartir