Cinco Saltos: confirman condena de prisión efectiva por un doble homicidio culposo

Rechazaron el planteo de la defensa  en el caso del hombre condenado a cinco años de prisión por un incidente vial entre Cinco Saltos y el lago Pellegrini.

El abogado del imputado cuestionó algunas pericias y sostuvo que se había alterado la escena, aunque ese argumento no prosperó ante al Tribunal de Impugnación. A raíz del episodio murieron una mujer y su nieto como consecuencia del fuerte impacto entre la camioneta y el auto en el que se movilizaban.

El 29 de diciembre del año pasado, el Tribunal de Impugnación rechazó la impugnación interpuesta por el abogado de Ponciano Siguaryu Espinoza, condenado a la pena de cinco años de prisión por haber ocasionado el doble homicidio culposo.

Esta semana, el tribunal de juicio realizó una audiencia y prorrogó la prisión preventiva del imputado hasta que el fallo adquiera firmeza puesto que, eventualmente, podría interponer recursos ante el Superior Tribunal de Justicia y a la Corte Suprema.

En su planteo, la defensa cuestionó las pericias que se expusieron durante el juicio y sostuvo que hubo mucha gente que se acercó a la escena del hecho. Sin embargo el fallo afirmó que más allá de la intervención de esas personas, algunas incluso prestaron tareas de auxilio, quedó demostrado que no se alteraron las pruebas principales: las huellas de frenado y la posición de los vehículos, entre otras.

La condena

El 30 de octubre del año pasado, Ponciano Siguaryu Espinoza fue condenado a la pena de cinco años de prisión por haber ocasionado el doble homicidio culposo de una mujer y su nieto. El episodio ocurrió en la ruta provincial N°70, el 20 de julio de 2019, entre Cinco Saltos y el lago Pellegrini.

Junto con la condena de cumplimiento efectivo se le aplicó una inhabilitación para conducir vehículos por el plazo de diez años.

Siguaryu Espinoza, a la altura de los hornos de ladrillos, se cruzó intempestivamente de carril e impactó de forma frontal con el vehículo Fiat Siena conducido por Jose Verdu, quién sufrió lesiones graves. Su esposa Matilde Pilar Garro y su nieto Ivan Zervo Verdu murieron como consecuencia de la fuerte colisión.

Se probó que Siguaryu Espinoza conducía alcoholizado con 1,70 gr/l en violación al artículo 48 inciso “a” de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.

El hecho fue calificado como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor y por conducir con nivel de alcoholemia igual o superior a un gramo por litro de sangre y por el resultado de dos víctimas en concurso ideal con lesiones graves culposas.

El fallo consideró el daño causado a los familiares directos de las víctimas fatales, no solo tomó como parámetro el testimonio de la madre del niño – a su vez hija de la mujer fallecida – sino también del esposo de esa última víctima. El hombre conducía el Fiat Siena, sufrió lesiones a raíz del impacto y pudo recuperarse.