En el marco de procedimiento abreviado se condenó a un hombre por un hecho ocurrido el 22 de agosto, -en la playa de un estacionamiento de un supermercado- cuando sustrajo junto a un grupo de personas, mercadería desde el interior de un camión. Este es el segundo hecho en la provincia de Río Negro que obtiene condena desde el momento de las diferentes imputaciones realizadas en distintas ciudades en el mes de agosto.
Oportunamente la fiscalía formuló cargos por robo agravado y en banda y solicitó la prisión preventiva del mismo. El hecho investigado sucedió en la fecha antes mencionada por la noche cuando el imputado junto a un grupo de alrededor de 15 personas, retiró mercadería desde el interior de un camión que esperaba ingresar al depósito del local comercial La Anónima para realizar la descarga.
Cabe recordar que para abrir la caja del camión las personas usaron un elemento que les permitió realizar un importante corte en la lona y extraer luego bebidas y otras mercaderías de su interior. Todos ellos escaparon del lugar corriendo.
El personal de la policía de Río Negro, alertados de la situación por el gerente del local, intervinieron logrando detener al imputado a pocos metros. Al momento de la requisa se encontró en el interior de su mochila algunas botellas de bebidas alcohólicas.
La fiscal del caso describió la prueba que sostiene esta acusación empezando por el acta de procedimiento que elaboró la Comisaría 80 que intervino en la situación, la denuncia penal efectuada por personal del Supermercado La Anónima, quienes resultaron víctimas del hecho. Se agrega el informe del Gabinete de Criminalística, que constataron los daños causados en la lona del camión y participaron del secuestro de los objetos que el imputado sustrajo, videofilmaciones de cámaras del Centro de Monitoreo que registraron el ataque al camión.
Resultó de relevancia el informe de la OITEL respecto al peritaje del teléfono del hoy condenado, del cual surge la vinculación de éste con otras personas del ataque al camión momentos previos al hecho. Pudo observarse que pertenecía a dos diferentes grupos de whatsapp que convocaban a realizar dicha acción en dos diferentes supermercados de esta ciudad.
El imputado fue asistido por la defensa pública penal y fue consultado por el presidente del tribunal y manifestó su responsabilidad en la comisión de los hechos que se le atribuyen. Acordó además con la aplicación de este acuerdo pleno y en el monto de la pena solicitada.
Finalmente el Juez de Juicio interviniente aceptó y homologó el acuerdo pleno. Declaró luego al hombre como autor penalmente responsable por robo agravado por su comisión en poblado y en banda, como coautor y lo condenó a la pena de tres años de prisión en suspenso; de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 167 inciso segundo del Código Penal.
Impuso además pautas de conducta por el término de dos años, tales como fijar residencia, someterse al Patronato de Condenados y Liberados cada dos meses y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes, durante este plazo.