Acuerdo en juicio abreviado: un mes de prisión efectiva para dos jóvenes por intento de robo


Dos jóvenes aceptaron la culpabilidad del hecho delictivo por el cual los capturaron en el barrio San Martín y a través de un juicio abreviado se determinó que irán cumplirán un mes de prisión efectiva.

Un hecho delictivo ocurrido en septiembre de este año derivó en formulación de cargos a dos jóvenes acusados de “robo en grado de tentativa” en calidad de coautores y en un acuerdo de juicio abreviado pleno.

Según relató el fiscal Gonzalo Sanz, el caso sucedió el 13/09 cuando los dos acusados entraron al patio delantero de un domicilio de calle Honorio López a la 1.30 de la madrugada, rompieron la cadena que aseguraba una moto de 150cc, manipularon el circuito eléctrico y forzaron el volante con intención de llevársela, pero fueron descubiertos y perseguidos por el dueño.

La investigación se sustenta con el acta de procedimiento policial, la denuncia penal realizada por la víctima, la actuación del gabinete de criminalística y la declaración testimonial de un sargento de policía que cubría un puesto en la ESRN 141 y vio cuando un hombre corría a dos personas.

“Fueron interceptados los imputados -por la policía- en la calle 1 de Mayo y Cipolletti, cuando llegó la víctima que los corría y manifestó que los corría porque habían entrado a su casa”, relató el fiscal en la audiencia.

Con todas las pruebas en su contra, ambos acusados a los que se les formuló cargos aceptaron la posibilidad de un acuerdo de juicio abreviado por lo que cumplirán con el plazo de un mes de prisión efectiva.

El Defensor Oficial, Camilo Curi destacó el acuerdo y señaló que no hay parte querellante que se oponga al acuerdo, si hay una víctima que aceptó que se haga.

“La pena no supera los 10 años y está formulado dentro del plazo legal”, refirió Curi y adhirió al pedido de pena de la fiscalía de un mes de prisión efectiva.

“Se trata de un delito contra la propiedad que en el Código Penal el legislador lo situó después de otros bienes jurídicos que estima de mayor importancia y por otro lado es un bien jurídico que además de no ser de los más importantes, según el legislador nacional en este caso es un delito tentado y en términos de los artículos 40 y 41 del Código Penal ha sido realizado sin ningún tipo de complejidad ni medios que haya puesto en peligro a las personas”, refirió el fiscal.

Curi sostuvo que “se están discutiendo proyectos que ponen en duda la eficiencia de este sistema acusatorio en Río Negro para investigar y condenar este tipo de delitos, en este caso queda en evidencia que se puede hacer correctamente”.

El juez de garantías, Guillermo Bustamante aceptó el acuerdo y determinó que se cumpla con el pedido de pena por parte de los dos acusados.