Viedma: dictan preventiva a adolescente acusado de un nuevo robo

El Fiscal Guillermo González Sacco pidió se dicte la preventiva.


Formularon cargos hoy a un joven de 17 años acusado de haber perpetrado un robo a una mujer, en la jornada del lunes pasado en horas de la mañana. En julio este medio dio a conocer un artículo sobre 4 delitos que le imputaron con tipificaciones graves que terminaron en condenas.

El hecho por el cual se le dicto un nuevo procesamiento se produjo el lunes, pasadas las 9 cuando dos jóvenes ingresaron a una vivienda de la calle Garrone al 500. Uno de ellos saltó un paredón de 3 metros y le abrió la puerta de entrada al segundo que esperaba afuera.

Dentro de la casa, tomaron dos cuchillos de distinto tamaño con los cuales amenazaron a las víctimas. Una mujer mayor de 75 años y otra mujer más joven que la acompañaba.

Huyeron del lugar con dinero en efectivo (dólares y pesos) distintos dispositivos electrónicos y joyas entre otros elementos. Todo lo cargaron en el auto de la víctima que abandonaron en Carmen de Patagones.

El trabajo realizado en el lugar y la visualización de cámaras de seguridad de la zona permitieron la identificación de uno de los imputados que paradojicamente ya habia sido juzgado por otros hechos similares estando baja la tutela estatal a cargo de la SENAF (ver: https://delitometro.com.ar/viedma-la-justicia-condeno-a-dos-adolescentes-que-estan-bajo-resguardo-del-estado/ )

En la última audiencia se dispuso la prisión preventiva del adolescente imputado que deberá cumplir en el Hogar Pagano hasta tanto sean completadas pericias en el marco de la investigación en curso. El segundo implicado en el hecho está siendo buscado por la policía.

La jueza Itziar Soly dispuso la prisión preventiva solicitada por el Fiscal Guillermo González Sacco. La defensora de menores había propuesto una medida domiciliaria, que fue rechazada.


Leyes especiales

El Congreso Nacional estableció un régimen legal especial para los menores de edad que cometan delitos. La Ley Nacional 22.278 establece que los adolescentes de entre 16 y 18 años pueden ser juzgados y, eventualmente, declarados penalmente responsables de un delito. Sin embargo, a diferencia de las personas adultas, la aplicación de una pena no es inmediata, sino que se deben cumplir varios requisitos previos.

En primer lugar, la ley ordena esperar a que el adolescente que ya fue declarado responsable cumpla 18 años y que, después de declarada esa culpabilidad, reciba al menos un año de tratamiento tutelar, el cual en Río Negro se brinda a través de un programa específico de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).

El artículo 4 de esa ley dice: “Una vez cumplidos estos requisitos, si las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y la impresión directa recogida por el juez hicieren necesario aplicarle una sanción, así lo resolverá, pudiendo reducirla en la forma prevista para la tentativa”, es decir, imponiendo una pena que puede ir de un tercio a la mitad de la que le hubiese correspondido al mismo delito si hubiese sido cometido por una persona adulta. “Contrariamente -agrega la ley-, si fuese innecesario aplicarle sanción, lo absolverá”.

Así, la norma impone a los jueces analizar la situación del adolescente una vez finalizado el tratamiento tutelar. Si evalúan que el mismo fue exitoso y está cumplida la función educativa y resocializadora del tratamiento, podrán directamente prescindir de la pena. Por el contrario, si el tratamiento no ha resultado favorable, podrán aplicar una pena, pero la misma deberá ser reducida.

En todos los casos de delitos cometidos por menores de edad también se deben aplicar normas específicas destinadas a las infancias y adolescencias vulnerables, especialmente la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y su espejo en la legislación provincial, que es la Ley 4109.