Viedma: condenaron a 9 años de prisión al autor del homicidio de Emilio Collueque

Captura de pantalla del face de Teresa Naicul
Captura de pantalla del face de Teresa Naicul

El Tribunal compuesto por los jueces Guillermo Bustamante, Adrián Dvorzak y Juan Martín Brussino resolvió imponer a José Facundo Sánchez la pena de nueve años de prisión (Artículo 79 del Código Penal), por ser el autor penalmente responsable del Homicidio de Emilio Collueque.

Sánchez llego a juicio de Cesura luego de que ser condenado como autor penalmente responsable del delito de “Homicidio” (Arts. 45 y 79 del C.P.). Por su parte, la Fiscal Paula Rodriguez Frandsen en dicha audiencia pidió la pena de 10 años de prisión y el abogado defensor Hugo Lapadat coincidió con lo alegado por la Fiscal. Por su parte la querella, ejercida por los abogados Martín Piermarini y Daniela Vivas, pidió la pena de 25 años de prisión.

Los Jueces tuvieron en cuenta al momento de la sentencia “la índole del delito y las circunstancias de la víctima y los victimarios. La magnitud del injusto es particularmente grave, pues objetivamente teniendo en cuenta la edad y condición de Collueque, su estado de relativa indefensión frente a Sánchez y su consorte, que Sánchez se encontraba armado, lo que le otorgaba un mayor poder vulnerante (…) También obra como agravante de la pena, la extensión del daño causado con el delito y el resultado que el mismo ocasionó, que no puede ser más grave ya que con su acción Sánchez puso fin a la vida de Collueque”.

Por otra parte, con respecto al pedido de la querella el Tribunal explicó: “como atenuantes en la conducta de Sánchez, valoramos sin lugar a dudas su falta de antecedentes, ello incluso, a pesar de lo manifestado por la letrada de la Querella, sus afirmaciones pidiendo la aplicación de una pena de 25 años de prisión indicando que no interesa a tal fin la inexistencia de antecedentes, conllevan un dejo de irresponsabilidad proviniendo de una abogada, obligada a encuadrar técnicamente su pretensión”.

Además, en la sentencia se afirma: “entendemos que la condena por el hecho que se juzga debe agravarse sólo cuando exista una condena anterior y ello hace base en la posibilidad que tiene el juzgador que aplicará esa nueva condena de comprobar la propensión delictiva que posee el imputado, esa tendencia es la que lo revela como un sujeto con mayor peligrosidad social”.

Por último, continúa el Tribunal diciendo: “mal puede sostenerse con cierta dosis seriedad que una persona como Sánchez debe ser condenado a una pena de 25 años de prisión sin importar la ausencia de antecedentes que presenta, aquella afirmación que lanzó en audiencia la letrada de la querella es por demás antojadiza y ciertamente demagógica, denotando la letrada la utilización de una estrategia retórica aplicada para apelar a prejuicios, emociones y probables esperanzas de su representada para ganar su apoyo, mas esa actitud lejos se encuentra del mundo de lo jurídico”.

 

Hechos

En Viedma el 1 de enero de 2017 a las 9 aproximadamente, Emilio Collueque se encontraba caminando junto a un amigo por la Costanera de Viedma y fueron interceptados a la altura de la intersección de Boulevard Ayacucho con la costanera por José Facundo Sánchez junto a un grupo de jóvenes, donde se produjo una pelea con botellazos y golpes de puño entre los nombrados. En esta ocasión Sánchez le insertó a Collueque un cuchillo de y le produjo una herida en el abdomen, lesionándole la aorta abdominal y vena cava inferior, lo que le ocasionara la muerte.

 

Destrozada

Así definió Teresa Naicul sus sentimientos tras enterarse esta tarde de la sentencia que determinó el tribunal la cual no es apelable porque el acusado confesó el crimen tras una instancia de juicio abreviado.

Bronca, decepción, angustia formaron un nudo en la garganta de la madre que el 1 de enero de 2017 perdió a su hijo. Le pidió perdón a su hijo mil veces por no haberlo podido defender como “él se lo merecía” y apuntó contra la Fiscal Paula Rodriguez Frandsen.