Taxi se cruzó de carril y chocó: culpó al otro auto y a la lluvia, pero ese día no cayó una gota

Compartir

Foto ilustrativa de archivo


Una familia de granjeros del Idevi volvía desde Viedma en su Ford Ecosport cuando un auto de alquiler que venía desde San Javier se cruzó de carril y lo chocó frontalmente. El taxista le dijo al seguro que “el día del hecho era de condiciones climáticas espantosas, con copiosa lluvia y largas ráfagas”, pero se comprobó que no hubo precipitaciones y el viento no superó los 20 km. Deberá pagar una millonaria indemnización junto a su seguro.

En el expediente el taxista también argumentó que no correspondía el pago porque en 2021 aún estaba vigente la pandemia y estaba prohibida la circulación en horario nocturno. Por último indicó que la Ecosport venía a velocidad excesiva, pero las pericias dieron cuenta que ambos vehículos circulaban a una marcha reglamentaria.

El siniestro vial se produjo a solo 5 kilómetros de Viedma. Según el informe técnico “el conductor del Chevrolet Corsa realizó una maniobra que lo llevó a circular íntegramente por el otro carril e impactar de frente con la camioneta Ford Ecosport que se desplazaba en sentido inverso”.

El acta de procedimiento policial y la fotografía del Gabinete de Criminalística que obra en la causa penal da cuenta que “se encontraba despejado, con buena visibilidad”.

Tras el accidente, la vida de los cinco ocupantes de la Ecosport cambió por completo. Los informes médicos dieron cuenta de las secuelas físicas y psicológicas. Testigos dieron cuenta que “la familia criaba gallinas y vendía huevos y se les complicó venderlos en Viedma porque no tenían medio de traslado”. Después del accidente “no pudo trabajar más y tuvo que dejar sus estudios en Carmen de Patagones”.

El juez fue contundente: “lo esbozado en torno a la inhabilitación para circular en virtud de las restricciones de la pandemia no resiste el menor análisis”.

Por un lado, ordenó que se cuantifiquen los daños sufridos por la Ecosport para que sean abonados por el taxista y el seguro.

A la hora de mensurar el daño producido por la privación de uso, es decir los gastos de más que tuvo por no contar con el vehículo, el juez tuvo en cuenta que “el grupo familiar realizaba actividades agrícolas en una parcela del Idevi, donde se permitía la permanencia de aves de corral para producir pollitos y huevos”.

Concluyó que por este rubro correspondía una indemnización por 120 viajes en taxi -a razón de 4 viajes diarios- desde la chacra hasta Viedma.

En cuanto al daño moral, se tuvo en cuenta que la familia se trasladó desde otro país, que habla un idioma muy diferente, hasta la zona y desarrollaron un emprendimiento agropecuario ubicado en el IDEVI. Agregan que las hijas de la familia se escolarizaron y que el proyecto familiar se vio atravesado por el accidente.

El hombre, al ver a su familia internada, “se sintió solo y lejos de su patria, limitado además en su comunicación en virtud de no comprender adecuadamente el idioma”.

Además, “debió sostener la asistencia del grupo familiar por encontrarse en mejor situación física, ya que no sufrió lesiones de consideración”. También surge de las conclusiones periciales que “el accidente frustró la proyección que tenía en torno a vender la camioneta y comprar un lote para construir su propia vivienda”.

De esta manera, ordenó una indemnización por incapacidad física, psicológica, daño moral, reparación de vehículo y privación de uso, adecuada a las consecuencias de cada uno de los integrantes de la familia.


Compartir