Solicitud de culpabilidad de Emiliano Gatti por tenencia, facilitación y distribución de imágenes de abuso sexual infantil

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El ex periodista Emiliano Gatti puede ser declarado culpable
Este jueves 30 de mayo, se realizaron las alegatos de clausura en el marco del debate oral y público que se lleva adelante contra Emiliano Gatti, por la presunta tenencia, facilitación y distribución de material de abuso sexual infantil. El Ministerio Público Fiscal, con adhesión de la querella, solicitó la declaración de responsabilidad penal del imputado.

En su alegato, la fiscal jefa centralizó su argumentación en que la prueba producida provino de la voz de expertos dedicados a la detección de este tipo de tráfico de imágenes en la web. Es así que primero mencionó la alerta emitida por ICACCOPS (Internet Crimes Against Children Child Online Protection Systems), «que llegó al Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires, que tiene un software policial que detecta a usuarios que estén descargando y compartiendo material de explotación sexual infantil a través de una red peer to peer, como en este caso eMule”.

“La IP fue identificada automáticamente junto al código hash que define el tipo de material que se buscó, se descargó y se compartió a través de esa red que es abierta”, dijo la representante fiscal.

“Ante esa alerta se dispuso desde la fiscalía una investigación, e inmediatamente se le dió intervención a las áreas y especialistas cuya expertise tienen que ver con lo informático, fueron los titulares de las Área del Poder Judicial y de Procuración que intervinieron con la correspondiente cadena de custodia en lo que fue encontrando en la casa del imputado en el allanamiento concretado”, detalló la fiscal.

“Se ha intentado decir que fueron parejas del imputado que realizaron las descargas pero nosotros probamos, a través del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial, que él sabía que tenía instalado ese programa. Así el titular del Área explicó en este debate que se encontraron en los dispositivos del imputado, descargados desde la plataforma eMule, 50 videos de abuso sexual infantil, que quedaron en modo descarga 9 archivos, y que luego siguió buscando. Ese material lo descargó a la PC, a un disco rígido nuevo instalado, luego a un disco rígido externo y finalmente a un pendrive”, explicó la representante del Ministerio Público Fiscal,

“Eso lo sabemos por la llamada que realizó el imputado al técnico que estuvo trabajando en su PC. Cuando le dice que no encuentra en el back up realizado lo que necesitaba conservar, esto señala que no se trata de una persona que no sabe lo que tiene ni que desconoce de informática”, subrayó la fiscal jefa.

“Tenía el conocimiento y la voluntad de resguardar esos videos, el imputado niega lo innegable, porque si no, no entendemos por qué hace el reclamo al técnico. Él sabía que lo tenía, cuesta superar que no lo sabía utilizar”, dijo la fiscal.

“Agregamos el resultado de la pericia informática, donde se indicó que la cantidad de búsquedas realizadas superaban los 300 hash respecto de los términos descritos en este debate. No fue un error, y lo planteamos en base a la frecuencia con la que el imputado utilizaba la red. Como dijo el titular de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público: ´realizar una búsqueda en este tipo de programas, implica conocer que se va a poner a disposición de otras personas lo que se está visualizando y descargando´”, describió la representante del Ministerio Público Fiscal.

“Así mismo, el Departamento de Informática Forense probó que en el pendrive sólo estaban los 50 videos y ningún otro tipo de documentos. Esos archivos fueron consultados hasta el 10 de noviembre de 2022, días antes del allanamiento”, señaló la fiscalía.

La fiscalía explicó que “el Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial fue concluyente en determinar que en los archivos analizados se identificaron 99 víctimas, todos niñas, niños y adolescentes menores de 13 años, en situaciones que tienen que ver con la clasificación que realizó el médico forense sobre abusos sexuales”.

Concluyó la representante fiscal que “la objetividad de la prueba producida durante estos seis días de debate, se basa en los peritos expertos, que además tuvieron acceso a las imágenes, nadie les contó de qué se trataba, tuvieron que verlas para que formaran parte del plexo probatorio de este juicio”.

La querella adhirió al pedido fiscal respecto de la solicitud de la declaración de responsabilidad penal por la calificación legal de: “facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menores de 13 años), en concurso ideal con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menor de 13 años). Ambas en concurso real con tenencia con fines inequívocos de distribución, 50 hechos”, en carácter de autor, según los artículos 45, 54, 55, 128 1er, 2do., 3ro y 5to párrafo del Código Penal.

Mientras que la defensa particular que asiste al hombre pidió al Tribunal que emita un veredicto de no culpabilidad, o, subsidiariamente, se lo absuelva por el beneficio de la duda. Así mismo, plantearon la inconstitucionalidad de los delitos de tenencia y distribución.

En la jornada final se escuchó a los testigos restantes de la defensa y el imputado prestó declaración respondiendo sólo a las preguntas realizadas por sus abogados de confianza.

El Tribunal Colegiado interviniente en este juicio dará a conocer la sentencia el próximo 4 de junio a las 10:30.


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