Una mujer que el año pasado cambió su domicilio a Cipolletti consiguió que la empresa de transporte fuera condenada a pagar los daños en el juego de comedor. Una vez en la ciudad hizo el reclamo por menor cuantía en el juzgado de Paz. Presentó tres presupuestos y logró una sentencia a su favor.
Según consignó en la demanda, ella organizó su mudanza a fines de octubre de 2022. Embaló las seis sillas y la mesa del comedor, tal como se lo había indicado la transportista. Retiraron el juego de su domicilio en Tucumán y emprendieron viaje a Río Negro.
Pero en diciembre al desembalar se encontró que el juego de comedor estaba averiado: cuatro de las sillas estaban rotas en las patas y respaldos, y las otras dos, junto a la mesa, presentaban golpes y rayaduras.
Hizo los reclamos y la empresa Vía Cargo le ofreció un voucher para adquirir servicios dentro del mismo grupo empresarial, ya sea para encomiendas o pasajes en micro por la suma de pesos ciento cincuenta mil pesos. Sin embargo ella rechazó la oferta, puesto que pretendía el dinero para reemplazar las sillas rotas.
Sin necesidad de recurrir a un patrocinio letrado, inició la demanda por menor cuantía en el juzgado de Paz de Cipolletti. La empresa no se presentó a ninguna de las dos audiencias de conciliación ni contestó la demanda. En consecuencia se aceptó la prueba ofrecida por la mujer, entre otra documentación adjuntó la factura del envío, fotografías del juego de comedor antes y después del viaje y tres presupuestos para reemplazarlo.
El fallo hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a pagarle una suma de dinero más los intereses por el daño en las sillas.
Menor cuantía
Los procesos de menor cuantía son juicios civiles con características especiales que se realizan ante cualquier juzgados de Paz. Son procesos rápidos y accesibles para todo reclamo que no supere los 300.000 pesos. Ese monto máximo, es actualizado regularmente por el Superior Tribunal de Justicia.
Según establece el Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro, las demandas de menor cuantía tramitan por proceso sumarísimo, es decir, con plazos especialmente breves. Además el trámite es “gratuito para el acceso a la justicia y de carácter informal, con resguardo de los esenciales principios de bilateralidad, igualdad y colaboración”.
En este tipo de juicios las partes pueden ser asistidas por abogados y abogadas de la matrícula, a su exclusivo cargo, pero esa contratación no es obligatoria.
Para iniciar una demanda la persona puede solicitar un modelo en el juzgado de Paz o puede presentar su propio texto, donde debe explicar cuál es su pretensión, cuál es la prueba con la que cuenta para sostener su reclamo, cuáles son los fundamentos legales “si lo tuviere o conociera” y la petición concreta de lo que espera obtener.
La norma también prevé que si la parte demandada no se presenta a la audiencia a pesar de estar correctamente notificada, esa ausencia injustificada se interpretará “como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, quedando habilitada la prosecución de la causa sin más trámite”.
Por su especial naturaleza, los juicios de menor cuantía no pueden utilizarse para las sucesiones, las quiebras, los procesos del fuero de Familia, los juicios laborales y las demandas de desalojo.
Los juzgados de Paz, en números
Durante el último año, ingresaron a los 49 juzgados de Paz de toda la provincia 43.567 expedientes. Del total de causas, 12.847 ingresos corresponden a Certificaciones de
Firma, 7.825 a Carta Poder Laboral, 5.205 a Violencia Familiar y de Género, 3.848 Contravenciones, 3.436 Ejecuciones Fiscales y 2.822 a Juicios Ejecutivos. Estos procesos representan el 83 por ciento de la actividad de los juzgados de Paz.
En el mismo periodo se realizaron 28.617 audiencias de menor cuantía, testimoniales, violencia familiar y de género, entre otras. En cuanto a la menor cuantía se registraron 1.747 acciones de este tipo en todo el 2022.