La fiscalía de Cinco Saltos formuló cargos contra un hombre y una mujer acusados del homicidio agravado por el uso de arma de fuego del que resultaría Maximiliano Gallardo. Una deuda por estupefacientes sería el móvil de crimen.
Según indicó el representante del Ministerio Público Fiscal, la investigación tuvo su origen en una solicitud de averiguación de paradero de la víctima, quien fue visto por última vez el 17 de mayo. Tras la aplicación del protocolo vigente, la búsqueda continuaba siendo infructuosa y a partir de los aportes de distintos testigos comenzó a sospecharse de un presunto homicidio.
Esta hipótesis comenzó a robustecerse a partir de las declaraciones de dos personas a las que el hombre y la mujer acusada les habrían confesado ser los autores del hecho y a quienes le manifestaron que todo comenzó por una disputa por una deuda que Gallardo mantenía con ellos, quienes le proveían de estupefacientes.
Según la acusación del Ministerio Público, el hecho ocurrió entre el 17 de mayo y el 22 de junio, cuando los acusados dieron muerte a la víctima mediante un disparo de arma de fuego tipo revolver calibre 22. En principio, se cree que el crimen habría tenido lugar en la vivienda de los detenidos.
Tras darle muerte, habrían ocultado el cuerpo de la víctima para lograr su impunidad, motivo por el cual los restos aún no han podido ser hallados. La calificación legal del caso es homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Vigilancia a testigos y detención
Una segunda acusación en contra de los acusados y de un tercer hombre, fue radicada por los principales testigos del caso. Según indicaron, tras realizar la denuncia en su contra, los acusados ingresaron sin autorización a su domicilio intentado – presuntamente -encontrar un arma de fuego que habían dejado oculta en ese hogar.
También habrían realizado recorridas por los alrededores de la vivienda e incluso de las casas de familiares, momentos en que fueron advertidos por la policía que los detuvo y les pidió que se identifiquen voluntariamente. Los sospechosos se negaron, motivo por el cual las autoridades llevaron a cabo la identificación utilizando la mínima fuerza indispensable y los detuvieron.
La calificación legal provisoria para este hecho es resistencia o desobediencia a una orden dictada por un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones.
Prisión preventiva
El Ministerio Público Fiscal de Cinco Saltos pidió además la prisión preventiva de los dos acusados del crimen. Señalaron que en caso de recaer condena la misma sería de cumplimiento efectivo y que en el caso de recuperar la libertad los imputados podrían intentar entorpecer el normal avance del proceso.
Señalaron en primer término que los principales testigos del caso fueron víctimas una vigilancia montada por los acusados y de una presunta intrusión ilegal en su vivienda, que los imputados no colaboraron con las autoridades policiales en su identificación y recordaron que pese a los esfuerzos realizados en la investigación el cuerpo no ha podido se hallado.
La defensa particular que asiste a los imputados centró sus planteos en una presunta ausencia de evidencias en contra de sus representados sobre todo argumentando que no fue hallado el cuerpo de Gallardo y sosteniendo el mismo estaba “desaparecido”. Sostuvieron además que no se debía aplicar el encarcelamiento cautelar y requieron medidas más leves.
El juez de garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dictó la prisión preventiva de los acusados, tal como fuera solicitado por la fiscalía, por el plazo de investigación preparatoria.
Argumentó que no compartía el análisis de los abogados de la defensas puesto que hasta el momento la fiscalia tiene evidencias suficientes para dar inicio a la investigación, contando con testimonios de personas a las que uno de los imputados les confesó ser el autor del hecho, que cuenta con un arma secuestrada y otra declaración que indica que los acusados habían agredido anteriormente a la víctima.