Pidieron condenas para los seis implicados en la muerte de Jonathan Colipi

 Las seis personas implicadas en la muerte de Jonathan Colipi, ocurrida en febrero pasado, aceptaron su responsabilidad de acuerdo a la participación de cada uno en el hecho, y la calificación legal correspondiente.

Ello en el marco de un procedimiento de juicio abreviado parcial, tal lo acordado entre el Ministerio Público Fiscal, la defensa particular y la defensa penal oficial, y celebrado frente al juez de Garantías Maximiliano Camarda.

Luego de ello, se realizó la audiencia de cesura con los jueces Fernando Sánchez Freytes, Alejandro Pellizón y Gastón Martín, y de esta manera los involucradas deberán cumplir penas que van desde los 10 años y 8 meses de prisión efectiva.

El fiscal del caso Luciano Garrido reformuló el hecho, el mismo “ocurrió el 3 de febrero de 2019 aproximadamente a las 6 de la mañana, en la calle Colibrí al 1000. En esa vivienda se encontraban durmiendo Jonathan Colipi y su novia, y arribaron a la casa J.M.B, W.M.C, V.M y G.F.V con intención de amenazar. Los imputados J.M.B y W.M.C portaban armas de fuego sin autorización legal para hacerlo, una tipo escopeta calibre 12 recortada y otra pistola color negro”.

“Mientras G.F.V. esperó en la vereda y cortó la luz de la casa, los otros tres ingresaron al patio trasero, realizaron al menos cuatro disparos intimidatorios, que causaron temor a las víctimas. Luego W.M.C forzó la puerta a patadas y los tres entraron a la vivienda. Allí se encontraron con Jonathan Colipi y le preguntaron por su padre, mientras lo amenazaban con dispararle a la joven que estaba con él”.

“El joven les respondió que su progenitor estaba internado en el Hospital local. Siguieron golpeándolo y a través de las amenazas sacaron a la víctima de su casa. J.M.B efectuó dos disparos con la intención de dar muerte a Colipi, causándole su fallecimiento instantáneo, destruyéndole ambas aurículas del corazón”, describió Garrido.

“Tras esto, los cuatro se dieron a la fuga y escondieron el arma y cartuchos en una campera. G.F.V., N.A.V. y J.N.C. tomaron esos elementos, que luego fueron secuestrados por la prevención policial”.

Calificación legal y penas

Es así que J.M.B reconoció el hecho y la calificación legal, y fue declarado responsable penal de los delitos de “homicidio simple agravado por el uso de arma, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, violación de domicilio, todo en concurso real”. El hombre fue condenado a la pena de 10 años y 8 meses de prisión efectiva.

Por su parte, W.M.C fue condenado por el delito de “portación de arma de fuego sin la debida autorización legal, amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, violación de domicilio y coacción agravada, todo en concurso real”. Y aceptó la pena única de 5 años y 5 meses de prisión efectiva.

G.F.V. reconoció su participación en el hecho y fue declarada responsable del delito de “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego y encubrimiento agravado en concurso real”. Correspondiéndole en este caso la pena de 3 años de prisión en suspenso más reglas de conducta como fijar y mantener domicilio, no cometer nuevos delitos, no consumir estupefacientes, entre otras. Todo ello bajo apercibimiento de que se revoque la condicionalidad de la pena.

Cabe mencionar que el defensor penal oficial Oscar Mutchinick pidió al Tribunal de Juicio el cese de la medida cautelar que pesa sobre la mujer “en razón de que se ha solicitado una pena en suspenso”.

V.M expresó que fue la autora de las “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego y violación de domicilio”, y aceptó la pena de 3 años de prisión en suspenso, con las mismas reglas de conducta mencionadas arriba, y cuyo incumplimiento operaría para hacer efectiva la condena en prisión.

Su defensor público penal Miguel Salomón pidió “su inmediata libertad, por dos motivos: la pena es en suspenso pero además porque mi asistida cursa un embarazo de 4 meses”.

J.N.C. reconoció ser la autora del “encubrimiento agravado” del arma homicida y fue condenada a la pena de 1 año de prisión en suspenso. El abogado particular solicitó también el cese de la medida cautelar.

Finalmente, N.A.V. fue declarado responsable del delito de “encubrimiento agravado” y aceptó la pena de 1 año y 2 meses de prisión efectiva, ya que pesa sobre él una declaración de reincidencia.

Así las cosas, el Tribunal de Juicio integrado por Fernando Sánchez Freytes, Alejandro Pellizón y Gastón Martín resolvieron por unanimidad disponer la libertad de las tres mujeres tal cual lo solicitado por la defensa pública y particular.

La sentencia se conocerá el próximo viernes 28 de junio a las 10:00 de la mañana.

Prensa Ministerio Público Fiscal