El Superior Tribunal de Justicia (STJ) en un último fallo que denegó el recurso extraordinario federal descartó la supuesta arbitrariedad invocada por la defensa pública y consideró que valían los “dichos incriminatorios” de la niña víctima por sobre la retractación posterior.
El hombre, que está detenido, fue condenado a la pena de 12 años de prisión por el delito de abuso sexual simple, calificado por el vínculo, reiterado en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.
En una primera declaración en cámara Gesell la niña detalló los sometimientos pero luego por diversos motivos se presentó a tribunales con la intención de retirar la denuncia.
El caso pasó por todas las instancias. Un tribunal de Cipolletti dictó la condena de 12 años de cárcel. Luego hubo una impugnación ordinaria ante el Tribunal de Impugnación, quién confirmó la sentencia. Después la defensa presentó una impugnación extraordinaria, que fue rechazada. También una queja que no prosperó y finalmente el recurso extraordinario federal.
El STJ ratificó que la sentencia inicial no fue arbitraria, que es creíble el primer relato de la niña y enumeró la dinámica familiar que explicaba esa declaración y otros datos como los informes técnicos que apoyaban el relato inicial.