Rubén Sella, condenado por los delitos de “promoción de la corrupción de menores y promoción de la prostitución”, se retiró está mañana del Complejo Penal Penitenciario N° 1 de Viedma para cumplir la condena domiciliaría mientras dure el protocolo de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
A través de una información extra oficial, que indicaba que Sella se retiró esta mañana del Penal 1 de Viedma con una pulsera colocada, este medio consultó a fuentes judiciales que indicaron que la medida fue ordenada por la jueza de Ejecución Shirley González, quien dispuso que durante la cuarentena pueda tener prisión domiciliaria.
El pedido formulado por el abogado del condenado, se ejecuta con una serie de medidas a concretarse en el proceso de detención domiciliaria. Una de ellas es la pulsera electrónica que se le colocó a Sella antes de retirarse el penal. También debe cumplir otras pautas de conducta como cuestiones de conectividad (no puede usar celulares), visitas restringidas al domicilio sin el acercamiento de menores y el cuidado permanente de un familiar que se responsabilizó por el detenido.
La medida de Shirley Gonzalez, se centró básicamente en que Sella es un paciente de aproximadamente 70 años, con problemas cardiacos graves que requieren de determinados tratamientos y no está garantizado que se puedan dar en la cárcel.
La ley prevé estas posibilidades para personas con problemas de salud o edad avanzada, permitiendo cambiar la prisión en un establecimiento penal por la prisión domiciliaria durante lo que dure el periodo de cuarentena.
Negativa de la Fiscalía
Desde la Fiscalía a cargo de esa causa, se rechazó el pedido de prisión domiciliaria. En una de las argumentaciones brindadas por el Fiscal Peralta, se determinaba que Sella no estaba expuesto en el penal a poblaciones de riesgo.
Se solicitó un informe médico que clarifiquen cuáles eran las situaciones de riesgo y otro de los pedidos desde el Ministerio Público Fiscal fue un informe socio ambiental y el pedido especial de consultar a las víctimas del delito por el cual se condenó a Sella.
El Ministerio Público Fiscal basó la oposición al arresto domiciliario, en que para determinar esa medida debían presentarse síntomas para evaluar las condiciones de detención, la población carcelaria y extremar los controles en el penal, lo que motivó el segundo rechazo sobre el arresto domiciliario en los pedidos formulados por la defensa de Sella.
Finalmente, González se decidió por otorgar el arresto domiciliario del condenado a siete años de prisión en septiembre de 2017. Se lo consideró autor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores y promoción de la prostitución.