Entró a trabajar como ingeniero pero lo mandaron a cuidar perros: deben indemnizarlo 

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Un fallo del fuero Laboral de Cipolletti resolvió una demanda presentada por un ingeniero que trabajaba para una empresa del sector petrolero. La sentencia ordenó indemnizarlo tras considerar justificado el despido indirecto que él mismo había declarado. Según la resolución, el trabajador fue contratado como responsable de Innovación y Desarrollo, pero con el tiempo comenzó a recibir tareas ajenas a su puesto, lo que generó un conflicto que derivó en su desvinculación.

 

Entre las tareas que el ingeniero denunció como impropias de su función, figuraban actividades en el área de compras, inventarios y mantenimiento, así como encargos personales de sus superiores. En uno de los episodios, debió hacerse cargo del cuidado de perros en una planta de tratamiento de crudo, algo completamente alejado de sus responsabilidades profesionales. También se le asignaron tareas vinculadas a la construcción de una vivienda particular de uno de los directivos en un barrio cerrado, así como traslados logísticos y tareas menores que, según el fallo, excedían el marco de su relación laboral.

 

El conflicto escaló cuando el trabajador solicitó licencia médica por estrés laboral, respaldado por certificados de su psicóloga tratante. Sin embargo, la empresa Energicon S.A desconoció los diagnósticos y lo intimó a retomar tareas tras una evaluación médica que, según la empleadora, indicaba que estaba en condiciones de trabajar. Ante esta negativa, y sin una junta médica imparcial para dirimir la discrepancia, el ingeniero alegó acoso y consideró finalizado el vínculo por responsabilidad de la firma.

 

El fallo determinó que Energicon incurrió en incumplimientos graves, como la negativa a respetar la licencia médica, el descuento de días de salario sin justificación suficiente y la imposición de una suspensión basada en un supuesto formateo de una notebook laboral, hecho que no logró acreditar. El tribunal resolvió que estas conductas configuraron una injuria laboral suficiente para justificar el despido indirecto.

 

Energicon S.A. fue condenada a abonar las indemnizaciones correspondientes por despido, preaviso, integración del mes de despido, diferencias salariales y vacaciones no gozadas, entre otros conceptos.

La demanda recayó sobre la empresa Energicon S.A

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