Confirman prisión preventiva de condenado por abuso sexual en Catriel

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro – foto Marcelo Ochoa – Diario Río Negro

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de queja interpuesto por la defensa de un hombre de Catriel que fue condenado a diez años de prisión por abuso sexual infantil. Luego de conocer la sentencia el imputado se fugó y fue capturado en otra provincia. Continuará  con prisión preventiva hasta que el fallo quede firme.

El hombre fue condenado el 19 de septiembre de 2013 por la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti a la pena de diez años de prisión. Su identidad no se consigna aquí en función de su calidad de guardador de la víctima, que fue una de las condiciones admitidas como agravantes.

Los jueces de la Cámara Criminal le dictaron la prisión preventiva pero no se hizo efectiva porque el hombre se fugó luego de conocer el resultado del fallo. El 1 de octubre de 2013 fue declarado en rebeldía. Cinco años después fue arrestado en otra provincia y trasladado a Río Negro con prisión preventiva.

La defensa presentó una casación y luego un recurso de queja pero el STJ convalidó la decisión de la Cámara Criminal.

Los magistrados de la Cámara estimaron “necesario asegurar se haga efectiva y para ello no queda otra alternativa que dictar una medida cautelar previo a su firmeza. Se corre el serio riesgo de que ante esta sentencia y sin que obste a la actividad recursiva de la Defensa, el condenado opte por fugarse. Si se quiere hasta por una cuestión insita en la propia naturaleza humana al verse seriamente comprometida su libertad, con la fuerte posibilidad de ir a prisión por muchos años, el condenado procure eludir la sanción. Esto (…) constituye objetivamente una fuerte motivación para cualquier persona que se encuentre en esta situación. La prisión preventiva se impone para asegurar la ejecución de la pena. Existe (…) un serio riesgo de verse frustrado uno de los fines del Estado, como lo es el de asegurar la justicia y el cumplimiento de sus sentencias».

El STJ al analizar el recurso concluyó que quedó evidenciada la seriedad del riesgo oportunamente anunciado y, como tal, la necesidad del encierro preventivo, que se efectivizó recientemente. “Siguiendo los lineamientos de la doctrina legal aplicable, y en virtud de algunos planteos de la defensa, cabe reafirmar la naturaleza cautelar de la privación de libertad, en tanto la sentencia condenatoria no se encuentra firme. Precisamente se ha reanudado en forma paralela el trámite del recurso de casación presentado contra la condena, expediente en el que se ha de resguardar el derecho a la doble instancia del imputado”, dice la sentencia que rechazó el recurso de queja.