Comisario en retiro fue condenado por abuso sexual con violencia de género

Sucedió en la localidad de Ingeniero Huergo – Foto. Diario Río Negro.

Un hombre de 49 años fue condenado por un Tribunal de Juicio de Roca por el delito de abuso sexual con acceso carnal cometido en un marco de violencia de género, del que fue víctima la mujer que era su pareja.

Según tuvieron por acreditado los jueces, el ataque ocurrió el 29 de marzo del año 2019 en la vivienda de Ingeniero Huergo donde residía el imputado, quien es un comisario de la Policía de Río Negro en trámite de retiro. Aquella tarde, acusando a la víctima de supuestas infidelidades, la sometió con golpes de puño, patadas, tirones de cabello y maniobras de asfixia, y bajo amenazas cometió contra ella reiterados actos de abuso sexual con acceso carnal.

La acusación fue sostenida en el juicio por la Fiscal de Villa Regina Vanesa Cascallares y el veredicto unánime de culpabilidad fue dictado por los jueces Fernando Sánchez Freytes, Emilio Stadler y Natalia González. Esta semana se dio a conocer la declaración de culpabilidad, en tanto que en los próximos días se definirá la fecha para el juicio de cesura, en el que se debatirá y definirá el monto de la condena que deberá cumplir el acusado.

El Tribunal valoró fundamentalmente como prueba incriminante la declaración de la víctima, los testimonios aportados por los y las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), del departamento de Servicio Social del Poder Judicial y por la psicóloga forense, además de lo declarado por una hija de la víctima, los médicos que la asistieron tras la agresión sexual y una referente de la organización de mujeres que acompañó a la sobreviviente. Además, valoraron las fotografías del cuerpo de la víctima que fueron tomadas durante su recuperación.

En la lectura del veredicto se anticiparon brevemente los fundamentos de la decisión del Tribunal, aclarando que la sentencia completa será leída junto con la sentencia de cesura. Hasta tanto el fallo se encuentre firme, seguirán vigentes las medidas de restricción que pesan sobre el imputado, que le prohíben acercarse o comunicarse con la víctima por cualquier medio, bajo apercibimiento de disponerse su inmediata detención.