Cipolletti: Fiscalía solicita que acusado del homicidio de Narvaez sea declarado culpable

Tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella particular coincidieron en que el único imputado por el crimen de Ezequiel Narvaez debía ser declarado culpable por el delito de homicidio. La defensa abogó por la absolución.

Al comenzar su alegato, el fiscal del caso recordó que el hecho sucedió el 13 de marzo del año pasado alrededor de las 07:30 horas cuando el acusado apuñaló con un arma blanca a la víctima en la zona de la axila. Pese a que Narvaez fue asistido en el centro de salud de Cinco Saltos, los profesionales del nosocomio no pudieron salvarle la vida.

“La fiscalia probó cada uno de los extremos que trajo a juicio. Esto incluye las circunstancias de tiempo, modo y lugar, pero en este caso también acreditamos la motivación del crimen”, sostuvo el fiscal Pezzetta.

Al respecto señaló que las familias del agresor y la víctima mantenían una disputa puesto que Narvaez había sido acusado de haber dañado un automóvil perteneciente al entorno del imputado. Agregó que existían testigos presenciales del hecho que habían sido contestes y veraces al afirmar la modalidad de los hechos y que no dejaban margen de duda respecto de que se trató de un homicidio sin atenuantes.

“No hay una legitima defensa porque no hay una agresión ilegímita por parte de la víctima. Narvaez fue el agredido en todo momento”, aseveró.

Sobre este punto explicó que esa noche el grupo de amigos de la víctima y del imputado habían permanecido en sendas reuniones en las cuales compartieron bebidas alcohólicas. Por la madrugada y cuando el acusado se movilizaba junto a otras cuatro personas en un automóvil se cruzaron con la víctima iniciándose de esta forma la agresión.

La querella que representa a los familiares del fallecido coincidió en que el joven debía ser declarado culpable. El abogado calificó a los testigos de la acusación como veraces en contraposición a los aportados por la defensa a quienes consideró no creíbles porque mantenían un vínculo muy fuerte de amistad y desde la infancia con el acusado.

El abogado particular que estuvo a cargo de la defensa del imputado consideró que no se habia acreditado la teoría del caso de la acusación. Solicitó en consecuencia la absolución por el beneficio de la duda a favor de su cliente y subsidiariamente que sea absuelto por encuadrar el caso en un supuesto legítima defensa. En caso de ser condenado requirió que lo sea por un exceso en la legítima defensa.

Cabe señalar que durante el juicio no se discutió la autoría de la herida con arma blanca por parte del acusado, sino que las partes se centraron en acreditar que se trataba de un hecho doloso – por parte de los acusadores – y por parte de la defensa que existían circunstancias por las cuales su representado debía ser declarado no culpbale.

El Tribunal Colegiado integrado por Marcelo Gomez, Alejandra Berenguer y Sonia Martín adelantó que se dará a conocer el veredictó el próximo 10 de febrero. En caso de ser hallado culpable la Oficina Judicial deberá fijar una audiencia de cesura en la cual se deberá determinar el monto de la pena a imponer que – en caso de ser por el delito de homicidio – será de un mínimo de ocho años de prisión.

Se recuerda además que el acusado permanece detenido en carácter de prisión preventiva desde la formulación de cargos en su contra que tuvo lugar en marzo del año pasado.