Causa Mandagaray: alegatos de clausura con pedidos de culpabilidad y de absoluciones

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El Ministerio Público Fiscal abrió este lunes la ronda de alegatos de clausura en el marco del debate oral y público realizado para probar la responsabilidad de tres instructores y el coordinador del Grupo COER en el homicidio culposo del joven cursante Gabriel Mandagaray.

El Fiscal Guillermo Ortiz, comenzó afirmando que fue demostrada la responsabilidad de los cuatro acusados en los tres hechos por los que habían sido acusados, ello a partir de la declaración de cada uno de los más de 20 testigos que declararon durante los cuatro días de producción de prueba.

La acusación recae contra Marcelo Contreras, Alfredo Nahuelcheo y Maximiliano Vitali Méndez como instructores y Alejandro Gattoni como coordinador del Grupo COER en el 2021.

El primero de los hechos fue perpetrado entre el 12 y el 15 de abril de 2021 y lo constituye los momentos previos a la muerte de Mandagaray. Se trata de la responsabilidad que la acusación le endilga a “los cuatro imputados -cada uno en su rol- de llevar adelante el curso en un lugar no aprobado por la resolución interna”.

Así, luego de llegar hasta Bahía Creek luego de una larga caminata , durante las mencionadas jornadas, “sometieron a los cursantes a actividades físicas excesivas que les provocaron lesiones, en un contexto de escasa alimentación, hidratación y descanso y sometiéndolos a conductas denigrantes a la dignidad humana”.

Para probar ello, reiteró dichos que, frente al Tribunal, profirieron tanto los cursantes como los profesores de educación física que trabajaron en la evaluación previa del grupo y los dos instructores del COER que no estaban de turno en la ocasión. Todos ellos “permitieron corroborar el actuar negligente a partir de prácticas no reglamentadas totalmente ajenas al programa”.

“Se inobservaron con tales actividades leyes y reglamentaciones que postulan el respeto a la dignidad humana, especialmente para funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley, que deben garantizar los derechos humanos; además de la propia resolución interna específica que determinaba un lugar y actividades que habían sido aprobadas y que nada tenían que ver con lo efectivamente realizado”.

En cuanto al homicidio culposo, la Fiscalía consideró que “los cuatros imputados causaron la muerte de la víctima, lo que ha sido acreditado por la médica del Cuerpo Médico Forense que realizó la autopsia y un análisis del contexto en el que dio cuenta de un trastorno por stress agudo en una persona que ya transitaba dicho estado durante el desarrollo del curso, poniendo especial acento en falta de comida, sueño y agua”.

A ello se le suma que “el chico no sabía nadar” lo que había sido advertido en varias oportunidades tal como lo sostuvieron diversos testigos, “no obstante lo cual lo metieron al agua” junto a dos compañeros “sin ninguna medida de seguridad: no había médicos, ambulancias, torpedos, chalecos, ni una lancha de la Prefectura. Todo ello fue acreditado por diversos testigos”.

Aludió a la “presencia del coordinador en la playa” y se refirió también al “grado de improvisación del evento” al ejemplificar que el cuerpo de la víctima fue trasladado “en la parrilla del cuatriciclo de un vecino”.

“Los cursantes estaban cansados, con ampollas, desorientados y expresaron que en los tres días anteriores a la muerte de su compañero habían dormido entre 3 y 5 horas en total y comido mínimas raciones de arroz y fideos blancos”.

Finalmente, el Fiscal hizo referencia al último de los hechos imputados de forma indiviadual a uno solo de los acusados. Se trata de las lesiones que éste le produjo a un cursante que debió abandonar el lugar producto de que le ocasionó la fractura de la última vertebra del coxis.

“Por último escuchamos a los expertos que en alguna oportunidad participaron en este tipo de grupos y todos explicaron lo que son las buenas prácticas en su desarrollo, que de ninguna manera implican este tipo de actividades negligentes”. Parafraseó a uno de ellos al recordar que debe ser “el propio terreno el que se encargue del cursante, no es necesario tener este tipo de prácticas que son desconocidas, no son habituales y las que se llevan adelante siempre se hacen con las correspondientes medidas de seguridad y prodigando un trato igualitario a todos los cursantes”.

“Hay límites, alimentación y descanso previsto, acceso a los centros de salud; todo un catálogo de buenas prácticas sobre lo que debió haber sido este curso”.

Finalizó requiriendo al Tribunal que “una vez que analicen la evidencia, declaren la responsabilidad de los cuatro imputados que aquí hemos traído a juicio en los delitos de abuso de autoridad y homicidio culposo y además, al coordinador del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y a uno de los instructores del de lesiones leves”.

“La acusación ha probado la teoría del caso que postuló que los cuatro violentaron la posición de garantes y aumentaron el riesgo de las actividades. Todos ellos son responsables y todos colaboraron en el resultado final de la muerte”, finalizó.

 

 

Nunca más 

Damián Torres, abogado querellante, hizo énfasis en la responsabilidad de las instituciones estatales y la necesidad de dar a conocer este tipo de hechos para que nunca más vuelvan a producirse. “El curso excedió todos los límites posibles y ello fue reconocido por muchos de los imputados” mientras buscaban defenderse de manera individual.

“El poder no puede ejercerse sin limite alguno, estos agentes excedieron los límites impuestos al Estado” dijo y agregó no tener dudas de que todos “en el agua, quisieron hacer algo por Gabriel por eso le imputamos un homicidio culposo, pero lo que no tenían que hacer era ingresarlo al agua en las condiciones en las que estaba, más sabiendo que el joven no sabía nadar”.

“Actuaron con impericia porque llevaron a cabo prácticas fuera del reglamento que había sido aprobado, actuaron también con negligencia porque hicieron mucho menos de lo que correspondía y con imprudencia porque se excedieron ingresándolos al mar totalmente uniformados y con el peso excesivo del pirulo. Todo esto aumentó más y más el riesgo”.

Finalizados los alegatos de la acusación, por más de cuatro horas se sucedieron los alegatos de los siete abogados defensores que omponían los cuatro equipos en representación de cada uno de los imputados. Cada uno de ellos hizo mención a la porción de los hechos que le correspondía a su defendido pidiendo en todos los casos la correspondiente absolución.

 

 

Armando Salazar por Marcelo Contreras

Luciano Perdriel y Manuel Maza por Alfredo Nahuelcheo.

 

Santiago Güenumil junto a Valentina Funes Baigorria por Vitali Méndez.

Oscar Pineda, Fernando Ramoa y Pablo Iribarren por Alejandro Gattoni.

https://www.facebook.com/delitometro/videos/3297160897213559

 

El Tribunal anunció que la lectura del veredicto tendrá lugar el viernes 12 a partir de las 8:30 en la misma sala en donde se sustanciaron las jornadas.


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