Cajera cayó de la bicicleta cuando iba a su trabajo: condena a la ART por no cubrir la totalidad de las secuelas

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Una cajera de un supermercado en Sierra Grande, al dirigirse a su trabajo en bicicleta, sufrió una fuerte caída que le produjo un traumatismo en el hombro izquierdo y en su rostro.

La mujer sufrió una herida contuso-cortante en la cara y fue trasladada de urgencia a la ciudad de Puerto Madryn, donde permaneció internada por cuatro días. Allí le realizaron las suturas correspondientes y se le practicó una resonancia magnética nuclear de rodilla y de hombro izquierdo.

Según la presentación de la trabajadora, la aseguradora no ponderó la lesión del hombro y solo cuantificó el daño en el rostro. La Comisión Médica interviniente no consideró la incapacidad por el daño en su tronco superior.

En el expediente actuó un especialista. La pericia concluyó que la mujer “padeció politraumatismos en su mano derecha, hombro izquierdo, rodilla izquierda y rostro, cuando se dirigía a su trabajo, lo que requirió atención médica y rehabilitación por parte de su ART y atención por obra social debido al rechazo de la ART a la patología del hombro, lo cual generó las secuelas”.

La ART había argumentado que la lesión en el hombro no guardaba relación con el accidente, por lo tanto era ajena a la cobertura. La trabajadora tenía un padecimiento previo, pero en la pericia quedó establecido que la lesión era congruente con la mecánica del accidente sufrido.

Sin embargo, los jueces dijeron que esa argumentación “no será tenida en cuenta, pues el hecho de que en este caso -o en cualquier otro- también pudieran existir otras causas concurrentes no enerva la responsabilidad de la aseguradora, por aplicación de la llamada ‘teoría de la indiferencia de la concausa’”.

La Cámara Laboral de Viedma condenó a Experta ART S.A., la aseguradora de “La Anónima”, a abonarle a la trabajadora por la incapacidad laboral reconocida, más los intereses.


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