Bariloche: reformulación de cargos en causa de grooming y otros delitos contra la integridad sexual de una niña

Luego de un cuarto intermedio dispuesto días atrás en el marco de una audiencia, se reformularon cargos a un hombre investigado por un hecho de grooming y otros delitos contra la integridad sexual cometidos en contra de una niña. Se prorrogó su prisión preventiva hasta la finalización de la investigación.

 

En ese marco, por pedido de la defensa pública penal y con el acuerdo de las partes se dictó el sobreseimiento y la inimputabilidad de una familiar directa de la menor, valorando el informe de la perito forense psiquiátrica que determinó que la mujer no tiene aptitud para comprender y dirigir sus actos. Todo ello debido a sus antecedentes como paciente de salud mental, sumado a su historia personal. Asimismo, por el vínculo con el acusado, este la manipuló para colocarla en una situación de cierta aceptación discriminada y automática respecto de la influencia sobre su persona y sus actos.

Al respecto el fiscal del caso, argumentó compartir los planteos de la defensa y consideró el caso como técnicamente complejo por la gravedad de los hechos relatados. «La valoración del caso de la fiscalía se modificó, se suma a la perspectiva de discapacidad la condición de víctima de violencia de género y manipulación ejercida por el acusado».

En el caso del hombre reformuló cargos, ampliando los cargos que recaen sobre él realizada en el mes de abril.

Los eventos investigados pueden establecerse en el mes de diciembre de 2021, en esta ciudad, donde comenzó a vincularse con la menor y habría cometido diversos delitos contra la integridad sexual de forma digital. Se le atribuyó además lo sucedido en el mes de febrero en un espacio de esparcimiento, un hecho de abuso sexual con acceso carnal.

Para finalizar el magistrado interviniente tuvo por formulados los cargos por los delitos de grooming como autor, suministro de material pornográfico a una menor agravado por la edad como autor, producción y distribución de imágenes de una niña con fines predominantemente sexuales como partícipe necesario, promoción y facilitación a la corrupción de una menor de edad, agravada por la edad como autor, abuso sexual con acceso carnal  de acuerdo a lo normado en los artículos 119 tercer párrafo, 131, 128, 125, 45, 54, 55 del Código Penal.

Prorrogó la prisión preventiva hasta la finalización de la investigación preliminar – plazos que fueron ampliados por el término de dos meses- o la realización de la audiencia de control de acusación en caso de que se lleve a cabo la misma antes, tal lo solicitado por la fiscalía. Todo ello atento al riesgo procesal que se encuentra presente de entorpecimiento a la investigación -debido a la manipulación ejercida y la naturaleza de los hechos- sumado la vulnerabilidad de ambas víctimas.

Hizo lugar además a la continuidad de la medida de prohibición de utilización de cualquier dispositivo o el acceso a medios digitales.

Sobreseyó a la mujer de los delitos investigados por ser paciente de salud mental, sus antecedentes médicos y por ser víctima de violencia de género. No afectando toda esta investigación que recayó sobre ella su buen nombre y honor.