Bariloche: Condenan a 3 años de prisión en suspenso a una mujer por Homicidio Culposo Agravado

La audiencia donde se determinó la condena
La audiencia donde se determinó la condena

Alquiló a una madre de 25 años con dos hijos de 3 y 7 años una vivienda con una conexión clandestina de gas que generó las muertes por intoxicación de monóxido de carbono.

El Juez de Juicio Gregor Joos homologó el acuerdo pleno acordado por la Fiscal Betiana Cendón y el Defensor Oficial Juan Pablo Laurence y condenó a Clotilde Irene Marín, argentina, mayor de edad, a la pena de tres años en suspenso como autora penalmente responsable del delito de «Homicidio culposo agravado por ser más de dos las víctimas fatales» en el marco de un juicio abreviado.

Estas actuaciones provienen del sistema procesal anterior, y Clotilde Marín fue procesada por el entonces Juez de Instrucción Bernardo Campana. A la misma oportunamente se le endilgó haber actuado con negligencia y sin el deber de cuidado, al alquilar una vivienda ubicada en Rivadavia al 1,700 con severas deficiencias en la instalación del servicio de gas, sin conexiones autorizadas por Camuzzi Gas del Sur. En una de las viviendas moraba como inquilina una mujer de 25 años de edad y sus dos hijos de 3 y 7 años de edad, quienes el 20 de agosto de 2015 fallecieron al inhalar monoxido de carbono, calificando el hecho como «Homicidio Culposos agravado»

En la investigación se constató que las instalaciones de gas no estaban declaradas ni inspeccionadas por Camuzzi Gas del Sur y se pudo determinar que la conexión a la vivienda era «clandestina», por caso, el conducto de ventilación del termotanque «no descargaba los gases de combustión hacia el exterior, sino hacia adentro de un piso superior inaccesible que hacía las veces de entretecho». Se pudo constatar, además, que el único calefactor de la vivienda tenía obstruida la salida de gases de combustión por medio de una lata y un par de placas de madera.

Por otra parte, la cámara de combustión «presentaba signos de corrosión y rotura, por no estar sujeta de forma rígida con desplazamiento de su correcta posición». Asimismo, tenía los vidrios de los visores fisurados con la tapa del quemador torcida y abierta lo que permitía fuga de gases quemados hacia el interior de la vivienda.

El juez Gregor Joos, luego de escuchar a las partes, en audiencia oral y pública, consideró válido el acuerdo pleno e impuso la condena de tres años de prisión de ejecución condicional, con la obligación de cumplir pautas de conducta durante ese plazo.

La mujer aceptó la responsabilidad en el hecho imputado y manifestó que se someterá a las pautas impuestas en presencia de su abogado defensor Juan Pablo Laurence.