Autorizan a una joven a quitarse el apellido paterno por motivos de identidad y desarraigo afectivo

Compartir

Una joven de Villa Regina fue autorizada por la Justicia a quitarse el apellido paterno de manera definitiva, tras demostrar que la falta de vínculo con su progenitor le generó un profundo rechazo y afectó su identidad. La sentencia del Juzgado de Familia ordenó la rectificación de su partida de nacimiento y la emisión de un nuevo DNI con el apellido materno como único componente.

La decisión se fundamentó en los sólidos argumentos presentados por la joven, quien relató una historia de abandono emocional. Aunque fue reconocida por su padre al momento de nacer, nunca contó con su presencia ni cuidado cotidiano, lo que le generó daño y un fuerte sentimiento de exclusión dentro de su propio entorno familiar.

En su demanda, explicó que sus hermanos mayores sí tienen vínculo con el apellido paterno, pero que ella siempre se sintió ajena y discriminada. Recordó, incluso, que cuando su padre debía cuidarla, la dejaba a cargo de su abuela paterna, quien llegó a expresarle que no era realmente hija de su hijo.

Hoy no mantiene ningún tipo de relación con su familia paterna, desconoce el paradero de su progenitor y no desea buscarlo. En todos los ámbitos de su vida —sociales, académicos y laborales— se identifica exclusivamente con el apellido materno, lo que representa su verdadera identidad. Usar el apellido paterno, explicó, le provoca rechazo, incomodidad y disgusto.

La jueza de Familia tuvo en cuenta no solo el testimonio de la joven, sino también la pericia social y los dichos de testigos, quienes afirmaron que desde hace años se presenta únicamente con el apellido materno y nunca fue vista en compañía de su padre.

En su fallo, la magistrada sostuvo que el nombre “es un atributo esencial de la personalidad” y que la identidad no se reduce a una herencia formal, sino que también se construye a partir de las experiencias y vínculos afectivos. “Los motivos expuestos son justos y constituyen una causa grave y poderosa, capaz de afectar el principio de estabilidad del nombre”, expresó.

De esta manera, el juzgado reconoció el derecho de la joven a llevar un nombre que refleje su verdadera historia y pertenencia emocional, en línea con los principios de dignidad, identidad e integridad reconocidos en el ordenamiento jurídico argentino.


Compartir