Un fallo del fuero Civil de Cipolletti rechazó la demanda presentada por una ciclista contra un automovilista, al considerar que la mujer no respetó un cartel de «pare». Se probó también que carecía de prioridad de paso y fue responsable del incidente vial en el que resultó lesionada. Según el fallo, la conducta de la mujer incumplió las normas viales y ocasionó el incidente vial.
La colisión ocurrió en la intersección de las calles Roca y Sarmiento, cuando el automóvil circulaba con prioridad de paso y fue impactado en su lateral izquierdo por la bicicleta. El informe pericial determinó que la mujer no detuvo su marcha a pesar de la señalización vial que la obligaba a hacerlo. Además, se constató que su bicicleta carecía de dispositivos reflectores y luces, lo que pudo haber contribuido al desenlace del hecho.
El automovilista y su aseguradora argumentaron que la ciclista fue la única responsable del accidente, ya que no tomó las precauciones necesarias al cruzar la intersección. Por su parte, la mujer alegó que el conductor circulaba a excesiva velocidad y sin prestar atención, pero no logró demostrar estos puntos durante el proceso.
La sentencia destacó que, aunque la responsabilidad objetiva por riesgo creado recae en los propietarios de vehículos, esta no se aplica cuando se comprueba que el comportamiento de la víctima es la causa principal del hecho.
Según la sentencia, la ciclista violó normas básicas de tránsito al ignorar la señalización de «pare», lo que interrumpió el nexo causal necesario para atribuir responsabilidad al automovilista. El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.
La resolución resolvió rechazar el reclamo de la ciclista, imponerle las costas del proceso y desestimar los rubros indemnizatorios solicitados.