Ordenan medidas cautelares en un caso de violencia digital en Río Negro

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Un hombre de Valle Medio fue acusado de compartir videos con contenido sexual que había grabado durante una relación. A pesar de que el denunciado alegó que había perdido el celular, la jueza de Paz enmarcó el caso en la Ley Olimpia y dictó medidas cautelares.

 

El caso de violencia digital fue denunciado bajo el marco de la Ley 26.485 de Violencia contra la Mujer. La denuncia fue presentada por una mujer ante la Comisaría de la Familia. Ella manifestó que su expareja habría viralizado videos de contenido íntimo grabados durante su relación.

 

La jueza de Paz determinó que los hechos denunciados se encuadran en el concepto de violencia digital, definido en el artículo 4 inciso I de la Ley 26.485 y modificado por la Ley 27.736. Se consideró que la circulación de dichos contenidos afecta emocionalmente a la denunciante, causando humillación y deshonra.  

 

En audiencia, el denunciado reconoció la existencia y viralización de los videos. Explicó que había perdido su celular, lo que habría facilitado la difusión de los materiales, aunque aseguró desconocer al autor inicial de las publicaciones. Asimismo, declaró que la situación generó conflictos en su entorno personal.

 

Entre las medidas adoptadas, la jueza ordenó al denunciado evitar cualquier tipo de contacto, acercamiento o comunicación con la denunciante. Además, dispuso que el acusado complete una capacitación obligatoria en género, diversidad, masculinidades, relaciones de poder y cambio social ofrecida por el gobierno de Río Negro. Esa capacitación deberá realizarse en un plazo de 15 días para luego acreditar su cumplimiento ante el juzgado de Paz.

 

La resolución también contempló la eliminación de datos identificatorios de las personas involucradas en publicaciones relacionadas con la causa, a fin de garantizar la privacidad y seguridad de las partes. Finalmente, se notificó al denunciado que cualquier incumplimiento de estas medidas podrá dar lugar a sanciones conforme al artículo 32 de la Ley 26.485.

 

El fallo subrayó la necesidad de garantizar a la víctima medidas de protección inmediatas y eficaces. Destacó la obligación de los tribunales de tramitar las causas con perspectiva de género. Además, la resolución apeló a normativas internacionales como la Convención Belém do Pará para reforzar la importancia de prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra la mujer.

 

La ley Olimpia

 

La Ley Olimpia en Argentina fue sancionada el 10 de octubre de 2023. Incorpora la violencia digital como una modalidad de violencia de género dentro de la Ley 26.485, que protege a las mujeres contra la violencia. Esta ley tiene como objetivo principal reconocer y sancionar conductas que atenten contra la intimidad y dignidad de las personas en entornos digitales.

La Ley Olimpia incorpora la violencia digital como una modalidad de violencia de género dentro de la Ley 26.485.

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