El Tribunal de Impugnación (TI) definió que las cuatro personas condenadas por las estafas a la obra social Ipross seguirán con tobillera electrónica y sin poder salir de sus respectivas ciudades hasta que las condenas sean confirmadas.
Mientras no se demuestre un riesgo de fuga mayor, las personas seguirán bajo monitoreo. Las penas de prisión fijadas el pasado 4 de julio por un Tribunal de Juicio de Roca se harán efectivas una vez que la condena quede firme. Para eso es necesario que se analicen y resuelvan todos los recursos que legalmente pueden presentar los defensores.
En la audiencia el Ministerio Público Fiscal y la parte querellante (Fiscalía de Estado) impugnaron la medida cautelar de las tobilleras, ordenada por los jueces de Roca el mismo día que dictaron la sentencia. Afirmaron que las altas penas definidas en el juicio aumentaron el riesgo procesal de fuga de las cuatro personas y que las pulseras de seguimiento satelital no resultan suficientes para evitar ese peligro.
El Tribunal de Impugnación analizó los planteos y concluyó que las tobilleras están funcionando correctamente, que no hubo ninguna arbitrariedad en la decisión del Tribunal de Roca y que el potencial riesgo de fuga está suficientemente neutralizado con esos dispositivos. Según definió el TI, no se aportaron pruebas concretas que demuestren un riesgo mayor, teniendo en cuenta que las cuatro personas tienen sus patrimonios inhibidos y sólo disponen en la actualidad de la liquidez económica de sus fuentes de trabajo para solventar los gastos cotidianos propios y de los familiares que tienen a cargo. Tampoco se acreditó que hayan buscado algún tipo de contacto o ayuda para una eventual fuga de la región.
“No se acreditó que la tobillera sea insuficiente para controlar los movimientos de las personas condenadas”, concluyó el TI en su resolución.
De esta manera, se mantienen las condiciones definidas la semana pasada: ninguno de los tres hombres condenados puede salir del ejido municipal de Roca y la mujer condenada no puede salir del ejido de Allen, con la aclaración de que podrá gestionar anticipadamente los permisos que necesite por razones médicas, según lo solicitó la defensa.
Recordamos que por unanimidad, la jueza Laura Pérez y los jueces Oscar Gatti y Luciano Garrido impusieron la pena de 9 años y 6 meses de prisión a Sandra Fasano, quien fue declarada culpable de 574 estafas. La mujer era auditora del Colegio de Farmacéuticos de Río Negro al momento de los hechos. Su pena fue la más alta porque fue coautora de todas las defraudaciones con cada uno de los demás imputados. Anoche se dispuso una custodia policial en su casa, en Allen, que permanecerá allí hasta tanto el organismo competente le coloque a la mujer el dispositivo de seguimiento que impedirá su salida del ejido de la localidad.
El farmacéutico Claudio Caffaratti fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión, como coautor de 249 estafas.
Para Rodolfo Eduardo Mastandrea, farmacéutico coautor de 122 estafas, la pena fue de 8 años de prisión.
Finalmente el farmacéutico Raúl Eduardo Mascaró fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión, como autor de 107 estafas. A los tres se les colocó anoche, dentro del edificio de Tribunales, la tobillera electrónica para impedir su salida del ejido de Roca.
Las cuatro personas, además, fueron inhabilitadas por 6 años para ejercer su profesión de farmacéuticos y fueron condenadas al pago de una multa.
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