La Cámara Laboral Segunda de Bariloche ordenó a una empresa pagar el seguro de vida a la esposa e hijo de un empleado fallecido. La resolución judicial surgió tras la demanda interpuesta por los familiares, quienes, luego de gestionar infructuosamente el cobro del seguro a través de vías administrativas, recurrieron al Poder Judicial.
El tribunal determinó que correspondía hacer lugar a la demanda en todas sus partes, ordenando a la empresa a abonar a la esposa e hijo del trabajador fallecido el importe correspondiente al seguro de vida colectivo, con la actualización pertinente.