Dos hombres fueron condenados con pena de prisión efectiva, por haber sido encontrados con un arma en su poder sin tener autorización legal para hacerlo. El hecho se registró hace poco más de un mes, en un control policial ubicado en la Ruta Nacional 3.
Durante los primeros minutos del 24 de marzo pasado, ambos se trasladaban a bordo de un Renault Clio, cuando fueron detenidos en un control efectuado por el Cuerpo de Seguridad Vial, ubicado a la altura del Km. 968 de la mencionada ruta. Allí, los agentes policiales encontraron “entre las prendas” de uno de los imputados, “un arma de fuego larga calificada como ‘de uso civil’ por la Ley Nacional de armas y explosivos N° 20.429, con cinco cartuchos en su tambor, sin la debida autorización legal para ello”.
En el marco de la investigación se les endilgó la coautoría del delito de “tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, de conformidad con los arts. 45 y 189 bis, inc. 2°, primer párrafo del Código Penal”. Esta calificación responde al resultado de pericias efectuadas por el Gabinete de criminalística que determinaron que las balas que tenía el arma en su tambor no podían ser disparadas.
A la detención en flagrancia se sumó además vasta prueba reunida entre la que se cuentan acta de procedimiento policial, planillas de antecedentes penales, el informe confeccionado por personal del Gabinete de Criminalística que da cuenta que fueron secuestrados del auto el arma, 5 cartuchos de bala y cuatro vainas servidas que se encontraron en la gaveta. Además de entrevistas a testigos, relevo de cámaras de seguridad y pericias diversas.
Por ello, se avanzó en este caso en un procedimiento abreviado que agilizó los tiempos y permitió que en menos de dos meses de perpetrado el hecho ambos hombres -los dos con antecedentes penales- comiencen a cumplir condena de inmediato, ya que el acuerdo de las partes implica la renuncia de los plazos de apelación y el pleno reconocimiento de los imputados de que efectivamente fueron ellos quienes cometieron el delito.
Todo ello se produjo en una audiencia celebrada ante un Juez de juicio que valoró la prueba y preguntó a los acusados si admitían haber perpetrado el hecho y aceptaban con ello la calificación legal y pena prevista de 10 meses de prisión efectiva que ya comenzaron a cumplir.