Violencia de género: Medidas de restricción contra un policía de General Roca

violencia-de-genero

El juez de Garantías Maximiliano Camarda tuvo por formulados los cargos y dictó medidas de restricción contra un efectivo policial de Roca a quien se investiga por los presuntos delitos de lesiones y amenazas en perjuicio de su ex pareja.

Los hechos, de acuerdo con los cargos que formuló la Fiscal Norma Reyes, ocurrieron la noche del 7 agosto de 2017 en el domicilio de la pareja. La agresión comenzó con un forcejeo entre ambos por un teléfono celular; luego el hombre habría tomado a la mujer por el cabello, más tarde él habría manipulado su arma policial reglamentaria ante ella de manera intimidatoria, después la habría tomado por el cuello, posteriormente ambos habrían utilizado cuchillos sin llegar a herirse y finalmente el hombre, de un cabezazo, le habría provocado a la mujer una lesión del tabique nasal que derivó en un profuso sangrado.

De acuerdo con la imputación de la Agente Fiscal, el hecho ocurrió en un contexto de violencia de género, marcado por la «asimetría de poder» entre ambos y agravado por la condición de agente policial del imputado, todo lo que «colocó a la mujer en una mayor situación de vulnerabilidad», según sostuvo la acusación.

El juez Camarda, tras oír el planteo de la fiscalía y la falta de oposición formal de la defensa, tuvo por formulados los cargos en función de los delitos de «lesiones leves por haber mantenido una relación de pareja y por mediar violencia de género, y amenazas calificadas».

Por último, haciendo lugar a la medida cautelar solicitada por la fiscal y aceptada por la defensa, el juez prohibió al imputado cualquier acercamiento deliberado hacia la víctima, ya sea a su domicilio personal como a su lugar de trabajo, en un radio de 200 metros, así como la realización de actos perturbatorios o de hostigamiento de cualquier tipo. Para asegurarse la comprensión de su resolución, el magistrado enumeró varios ejemplos al imputado, indicándole que la prohibición implica, entre otros alcances, «no llamarla por teléfono, ni hacerle señas desde lejos ni molestarla de ninguna manera».