Viedma: Impugnaron la querella contra el menor en la causa de Emilio Collueque

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La Defensora de Menores, Patricia Arias, en representación del menor involucrado en el crimen de Emilio Collueque por encubrimiento, solicitó en una audiencia realizada el jueves 14 de junio la impugnación de la resolución judicial dictada el 16 de abril por el juez Carlos Reussi.

“Es un auto procesal importante que le produce agravios a mi representado, de imposible reparación interior por encontrarse comprometidas también garantías convencionales y constitucionales. El pronunciamiento de Reussi rechaza la impugnación de esta defensa que ya se había hecho contra la resolución del doctor Corvalan, en el acto por el cual la Fiscalía designa como querellante a la señora Naicura”, expresó.

Para Arias, no es pertinente la constitución de la querella mencionando la aplicación del artículo 8 que habla de la ley procesal más benigna, más favorable para el imputado. También mencionó el principio de la no regresividad. “Hay estándares alcanzados, hay un piso de derechos que no pueden restringirse, pueden ampliarse, pero no restringirse, porque esos alcances en materia de derechos son irreversibles”, fundamentó.

Para Arias, la constitución de la querella socaba los derechos del menor dándole un tratamiento igual al de una persona adulta. En audiencias anteriores le expresaron a Arias que de ninguna manera se ponía en contra de los intereses del menor, ni ponerlo en una situación procesal más gravosa respecto al Código Procesal Anterior.

Para Arias, el juez Reussi hizo una interpretación sesgada, cuando se solicitaba una interpretación armónica de las leyes en función del anterior artículo 68 de Código Procesal Penal, del artículo 18 de la Constitución Nacional, del artículo 25 de la Convención Americana, del artículo 14 punto 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, sobre cuya base se interpreta que la víctima tiene derecho a querellar, pero hay un límite dado cuando el imputado es un menor de edad.

“Los jóvenes no pueden ser tratados igual que los adultos, es un principio básico del sistema penal juvenil”, expresó la Defensora Arias argumentando que “es claro que estamos poniendo en la misma situación al adulto y al joven, es algo que se ve a simple vista”, expresó.

Tras 25 minutos de argumentaciones, Arias solicitó al tribunal hacer lugar a la impugnación y que deje sin efecto la designación de querellante en la causa.

(Vea los argumentos completos en el vídeo)

 

 

 

 

La Fiscalía de acuerdo con la Defensora de Menores

La Fiscal Paula Rodríguez Frandsen, expresó en la audiencia que “el doctor Reussi erró al decir que no hay pugna de interés porque entiendo que es manifiesto esa pugna de interés y cuando hay pugna de interés y una de esas pugnas de interés es sobre los derechos del menor deben interpretarse a favor de los derechos del menor”.

Para Frandsen, que se mostró en desacuerdo con Reussi, entendió que “se afecta la garantía de derecho en juicio. Parte del efectivo ejercicio de la defensa estaba limitado por el sistema procesal”, expresó y dejo en claro que adhiere al planteo de la Defensora de Menores.

Escuche la palabra de la Fiscal en el vídeo    

 

 

 

 

 

La querella planteo el Doble Conforme y aclaró que no busca venganza

Daniela Vivas

La abogada querellante explicó que “el día 19 de febrero nos tuvo como parte querellante la Fiscalía, luego y en el marco de una audiencia de revisión, confirmo esta constitución el juez Corvalan el 9 de marzo. En una audiencia de impugnación, la volvió a confirmar el Juez Reussi. Es decir que el juez del foro de jueces, convalido la decisión del juez de garantías, con criterio debidamente fundado, por lo que se advierte que se ha dado al trámite del tema en tratamiento, el DOBLE CONFORME que exige la norma”, argumentó Vivas.

La abogada querellante, refirió que “se encontraría agotada la instancia. Además de ello y luego de varios análisis que ha tenido el tema traído a debate, no se advierten violaciones a garantías constitucionales del joven que pudiera habilitar el tratamiento por un órgano superior”, puntualizó.

En la audiencia se esgrimió que “la cuestión de fondo para el caso de que el tribunal considere que es procedente seguir con el debate, esta querella va a sostener lo expuesto en las audiencias anteriores. Debemos tener en cuenta que el nuevo Código Procesal Penal, pone a la víctima en un pie de igualdad con relación al imputado, pudiendo incluso hasta instar la acción privada por delitos de acción pública”.

“Esta parte no vislumbra una errónea aplicación de normas legales y convencionales para el caso de admisión de la querella en el proceso. Nuestro código en el art 12 nos enseña que las víctimas tienen derechos y que cuentan con el derecho a la tutela judicial efectiva y a la protección integral de la persona. Este código rige junto a los tratados y convenciones internacionales, no los deroga, sino que los representa y reinvindica”, remarcó Vivas.

“No veo razón suficiente ni agravio especifico en nuestra participación, tampoco hay prohibición especifica alguna en las convenciones internacionales para ello. No hay colisión ni afectación al derecho del niño”, resaltó.

Escuche los fundamentos de la abogada querellante.