Viedma: Docente acusado de intento de secuestro de una menor logró una «probation»

La propuesta que fue aprobada por la jueza Itziar Soly,

Daniel Nicolás Ramirez fue acusado de la «privación ilegítima de la libertad» de una chica de 17 años y accedió a ese beneficio a cambio de un resarcimiento económico y de trabajo comunitario.

Daniel Nicolás Ramirez, el docente de 52 años que fue acusado de la «privación ilegítima de la libertad» de una chica de 17 años, accedió el 20/10 al beneficio de «suspensión de juicio a prueba» (probation) a cambio de un resarcimiento económico, de trabajo comunitario y de pautas de conducta.

El hecho que se le imputa ocurrió el 19/7 cuando el hombre, que conocía previamente a la víctima, le ofreció llevarla a su casa en auto pero cambió de dirección y, en contra de su voluntad, la llevó por la ex Ruta Nacional 3 hacia las chacras del IDEVI donde fue detenido por la Policía de Río Negro.

El caso que tuvo una fuerte repercusión pública incluyó una denuncia de «abuso sexual simple» que no prosperó porque la joven «no quiso volver a declarar» en Cámara Gesell. Según el testimonio que dio en la Comisaría, en el trayecto el hombre detuvo el auto y la besó en la boca por la fuerza. Luego continuó la marcha hasta que fue detenido, cerca del INTA, por personal policial que había sido alertado por el llamado al 911 que alcanzó a hacer la chica.

La probation es un beneficio que da el sistema penal a las personas que no tienen antecedentes y cometen un delito cuya pena es menor a los tres años. Se establece un resarcimiento y se fijan pautas por un determinado plazo. Luego de ese plazo, si cumple con lo prometido, se aprueba el sobreseimiento del imputado y queda el registro en los antecedentes por un tiempo determinado.

En este caso, Ramirez ofreció pagar, durante un año, el curso de modelaje que está realizando la víctima y cumplir 100 horas de tareas comunitarias de «mantenimiento y jardinería» en el Hogar de Adultos Mayores Don Pepe (del Hospital Zatti). Por otra parte, continuará con un tratamiento psiquiátrico, fijará domicilio, se someterá al control del IAPL y tendrá una prohibición absoluta de acercamiento a 200 metros y cualquier otro contacto directo o indirecto con la víctima. 

La propuesta que fue aprobada por la jueza Itziar Soly, tuvo el acuerdo de la fiscal Paula Rodríguez Frandsen y de la defensora de Menores Patricia Arias en representación de la víctima que dio su conformidad.

El acuerdo, sin embargo, tuvo algunos matices para mencionar. Hubo intercambios previos con la Fiscalía y la Defensoría de Menores porque el imputado quería hacer las tareas comunitarias en un hogar al que asisten adolescentes y está vinculado a una iglesia. Finalmente se acordó que sea en un hogar de adultos mayores.

Además, la fiscal subrayó especialmente que la restricción de acercamiento es «absoluta». «No puede pararse en frente de la casa de la menor con el auto como lo ha hecho en oportunidades recientes», reprochó.

Difusión de la imagen y el nombre del acusado

Durante la audiencia se repitió un cuestionamiento cada vez más común entre los abogados defensores que buscan restringir el trabajo de los medios de comunicación durante el desarrollo de audiencias que son públicas.

El defensor oficial, Juan Camilo Curi Antun, pretendió que se prohíba publicar el nombre y la imagen de su defendido argumentando que la repercusión de la noticia y de su imagen le generó un cuadro de «estrés y depresión». Para respaldarse, presentó un certificado médico de la psiquiatra Roxana Caglianone que señala que «Daniel Ramirez se halla en un estado de estrés y depresión» y desaconseja su exposición.

La fiscal Rodríguez Frandsen se opuso y argumentó a favor del carácter público de las audiencias y de la libertad de prensa. «Es parte del derecho de los ciudadanos a la información y de la prensa a informar a la comunidad que una persona está siendo investigada por determinado delito», planteó la fiscal.

Finalmente, la jueza Soly aceptó parcialmente al planteo del defensor oficial. En base al inciso 1 del artículo 73 señaló que la difusión se puede restringir cuando esto «implique amenaza para alguno de los intervinientes». «Entiendo pertinente que los medios de comunicación no publiquen ninguna fotografía de la audiencia que se está produciendo hoy no así con respecto al nombre. Esta es una audiencia pública en la que hay público y medios de comunicación», aclaró.

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