Viedma: Cuándo se re vinculará a Natalia y su hija

Expediente Juzgado de Familia 7

El caso de Natalía, quien fue desvinculada de su hija hace ya más de tres meses fue uno de los que más indignación social generó en los lectores de este sitio. En qué se basó la jueza para fundamentar tal decisión. Qué dicen las partes del expediente que vieron en la desvinculación una medida cautelar para la niña, su madre y su padre.

La causa tiene varios puntos que de alguna manera explican la decisión de la jueza María Laura Dumpé quien se apartó de la misma luego de la denuncia realizada en el Consejo de la Magistratura los últimos días de diciembre. El Delitómetro, a través de fuentes de la causa accedió al expediente y cuidando los detalles del caso te cuenta el porqué de la decisión judicial basada en los informes del equipo técnico del Juzgado, del Cuerpo Médico Forense, Hospital y de la institución escolar.

Qué entendió la Defensora de Menores

Una de las partes de la causa fue la de la Defensora de Menores e Incapaces N° 1 subrogante Cecilia Donate que se basó en el informe del Equipo Técnico Interdisciplinario del mes de junio de 2017, donde se fundamentaban los motivos de la medida cautelar solicitada por el padre de la niña que pidió el cuidado personal unilateral de la menor porque se incumplió el acuerdo del cuidado personal.

“Es una realidad que la niña se comportó de modo agresivo en todos los encuentros que mantuvo con su padre generando angustia y manifestando no tener deseo de verlo”, reza una parte de la resolución que agrega: “se advierte que la niña y su madre han construido un vínculo particular, “simbiótico” que dificulta que la menor quede a solas con su padre”.

Tras una fundamentación basada en Misrahi, sobre el “Régimen de Comunicación de los padres con los hijos”, la Defensora de Menores entendió que debe constituirse un vínculo afectivo con ambos padres con la mayor plenitud factible, por lo que entendió que “la segunda medida solicitada por el padre de la niña debe ser favorable encausándose el contacto con la menor”.

La funcionaria judicial solicitó se ordene a ambas partes a dar estricto cumplimiento al régimen de comunicación, requiriéndole a las mismas no impedirlo ni obstaculizarlo bajo ningún concepto.

La jueza Dumpé, tras nuevas presentaciones judiciales por parte del padre de la menor que fundamentó que no hubo avances respecto al régimen de comunicación ya que entendió que su hija se mostraba agresiva y reticente al dialogo, fundamentó que debía darse el cuidado personal provisorio fundado en varias razones.

 

 

Sobre el informe del Equipo Técnico:

Hubo varios planteos de acercamiento entre la menor y su padre, pero se vieron obstruidos por las distintas negaciones que la niña presentaba al momento de pretender entablar esos encuentros lo que de alguna manera llevo a pensar que “la participación materna operaba como sostén de un entramado vincular atravesado por la fuerza del discurso materno y la eficacia de sus prácticas. El Poder se pone de manifiesto en la construcción discursiva y adquiere su eficacia a través de las significaciones, sentidos o miramientos otorgados por la madre, siendo la niña objeto de intervención de todas sus prácticas”.

“Se considera que el enojo que porta la niña y no le permite vincularse al padre, excede su carácter de enojo y nos advierte de cierto riesgo en su constitución subjetiva dejando a la menor en un lugar muy complejo respecto de la estructura psíquica de su madre. Consideramos que tiene que producirse un corte en lo inmediato con este tipo de relación”, informó el Equipo Técnico dejando en claro que su intervención en la causa “se encuentra total y absolutamente agotada.

La sugerencia del Equipo Técnico fue que el padre de la niña continué con un tratamiento terapéutico individual, que la menor siga con su tratamiento psicopedagógico con la participación sistemática de los padres y que la madre comience un tratamiento psicoterapéutico en el Hospital Zatti. También pidió una pericia psiquiátrica para ambos padres.

 

Informes psiquiátricos realizados por el CIF (Cuerpo de Investigaciones Forenses)

La pericia psiquiátrica sobre el papá de la niña arrojó que “no presenta indicadores de violencia que puedan poner en riesgo a la hija. No presenta rasgos de conducta manipulativa y se encuentra comprometido con su función paterna y en condiciones psíquicas favorables para ejercer esa función.

Sobre la pericia practicada a la mamá resultó que: “presenta una personalidad de base de rasgos paranoides presentando al momento actual un trastorno delirante. Presenta un juicio crítico desviado en forma parcial, limitado a la temática delirante.  Este juicio altera la capacidad de ejercer su función materna dejando en claro que el trastorno delirante que presenta puede afectar la salud mental de la niña.

Con los informes en cuestiones, la jueza Dumpé entendió que debía disponerse el cambio de custodia de la niña por encontrarse en un estado de vulneración de derechos y en grave riesgo de salud mental, siempre dejando en claro que con futuras pruebas a producirse pueda arribarse a una solución distinta en sentencia definitiva.

 

Última resolución

En la última resolución judicial por parte de María Laura Dumpé, se convocó el 19 de diciembre a todas las partes que de alguna manera participaron en los distintos informes que se anexaron al expediente a lo largo de la causa.

Participaron de ese encuentro el Equipo Tratante del Hospital Zatti, autoridades de la escuela a la que concurre la niña, como así también del Consejo Provincial de Educación, integrantes del Equipo Técnico Interdisciplinario y la Defensora de Menores e Incapaces.

Según consta en parte de la resolución se dejo expresado en esa audiencia que la niña no estaría en condiciones de empezar con la vinculación con su madre con el solo objetivo de resguardar su constitución psíquica.

Los informes de las diferentes instituciones que abordaron el caso indican que la menor mejoró mucho posicionándose como niña recuperando la capacidad lúdica.

El Equipo Técnico consideró que, en base a cada una de las exposiciones de los profesionales, la menor no iba a contar en los meses de enero y febrero sin la injerencia de las instituciones y “factores externos que perturban el vínculo” consideraron apropiado sostener la medida por 60 días más. Los profesionales del Hospital aceptaron ese plazo como razonable.

Toda esta situación motivo la denuncia de Natalia en el Consejo de la Magistratura, por lo que la jueza se apartó de la causa y esa situación debe resolverse a través de la Cámara que definirá si Dumpé continúa o no frente al proceso judicial. Otra es la historia respecto a lo que puede suceder en el ámbito del Consejo de la Magistratura.

La respuesta al título de este artículo sobre cuándo podrá re vincularse a Natalia con su hija nos hace suponer que en el mes de marzo de ser favorables los informes técnicos en la causa que recayó circunstancialmente en el Juzgado de Familia N° 5, a cargo de Carolina Scoccia, la niña y su madre podrían volver a reencontrarse después de mucho tiempo.