STJ denegó planteo a condenado por matar a una embarazada y su pareja

Sucedió en Villa Regina

El Superior Tribunal de Justicia denegó un planteo en queja de la defensa de un hombre que fue condenado a 5 años y 9 meses de prisión por ser responsable de un siniestro vial ocurrido en Villa Regina, en el que murieron una joven embarazada y su pareja.

El hombre había sido sentenciado oportunamente por un tribunal de juicio. Luego apeló al Tribunal de Impugnación, que confirmó la condena. Ante el recurso de queja, el STJ no habilitó la instancia porque “no rebate lo sostenido en la denegatoria”.

Los defensores sostuvieron que la sentencia era arbitraria en dos aspectos: la prueba de alcoholemia y el monto de la pena. Dijo el máximo Tribunal rionegrino en su fallo: “se advierte que la selección de uno de los peritajes y no el propuesto por la defensa cuenta con fundamentos suficientes, en tanto la magistratura actuante tuvo en consideración la competencia del perito, los principios científicos o técnicos en que se basó y la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica, junto con otros elementos de convicción, entre lo que se menciona la declaración de diversos testigos que vieron al imputado tambaleante, mareado, alterado, vomitando, reconociendo que había bebido y con aliento etílico”.

“Respecto del monto de la pena de prisión, el TI abordó el planteo haciendo referencia a la alegada necesidad de que se valoraran los riesgos asumidos por las víctimas del evento y contestó que dichas circunstancias habían sido efectivamente apreciadas”, agregó el STJ.

De esta manera, concluyó que “se han abordado adecuadamente los agravios de la parte recurrente” y que el planteo “se trata de una materia ajena a la instancia extraordinaria, en la medida en que incluye aspectos necesariamente valorativos y, a su respecto, no se demuestra arbitrariedad”.

El hecho

El año pasado, un Tribunal de Juicio de Roca condenó a Carlos González como autor del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravado por pluralidad de víctimas, por haber obrado con culpa temeraria y con un nivel de alcoholemia superior a 500 mg. por litro de sangre”, imponiéndole una pena cercana a la máxima legal, que es de 6 años de prisión. También la inhabilitación para conducir por el doble de tiempo.

El siniestro vial ocurrió en 2019 en Villa Regina. Esa tarde González conducía una camioneta Citroën Berlingo, sin licencia, en exceso de velocidad y en estado de ebriedad, por la avenida General Paz. Realizó algunas maniobras de sobrepaso y en una de ellas, a la altura de la chacra N° 90, invadió el carril contrario y embistió de manera frontal a la moto Gilera de 150 cc en la que circulaban las víctimas fatales, Alan Roberto Marcolongo y Eliana del Carmen Cheuquepan Correa.

Los jueces consideraron probadas tres agravantes autónomas del delito: la alcoholemia, la conducción con culpa temeraria (es decir, con una grave imprudencia que implica la violación de las normas más básicas de cuidado) y por la cantidad de víctimas.