Prisión preventiva para hombre que atacó a su ex pareja en El Cóndor

[embedyt] https://www.youtube.com/watch?v=EzQnja71ACw[/embedyt]

 

Robledo con mirada desafiante
Robledo con mirada desafiante

 

 

El Juez de Garantías Adrián Dvorzak dispuso hoy la prisión de preventiva por el término de dos meses para el hombre acusado de atacar a golpes a su ex pareja en El Cóndor en la madrugada de ayer.

 

También tuvo por formulados los cargos por intento de homicidio doblemente agravado por el vínculo y en contexto de violencia de género realizada por el Fiscal Guillermo González Sacco. El fiscal presentó como sustento de su pedido en la audiencia oral y pública testimoniales de policías que acudieron en ayuda de la víctima, informes médicos y criminalísticos preliminares.

 

La defensa se opuso a la calificación. En efecto, el Defensor oficial Pedro Vega dijo que la carátula que se ajustaba al caso era la de “lesiones graves”. De acuerdo a lo que aseguró, la Fiscalía había propuesto esa calificación en una primera instancia.

 

Justamente en el punto de la imputación se centró la primera parte de la audiencia. El Fiscal González Sacco dijo que la intención del agresor fue terminar con la vida de la víctima, mientras que la defensa disintió. Tras escuchar los argumentos, el juez tuvo por formulados los cargos con la imputación más grave. Las partes dejaron en claro que la imputación es provisoria y puede cambiar en el transcurso del proceso penal.

 

En segundo término se abordó el pedido del fiscal para que el hombre quede en prisión preventiva durante tres meses. La Fiscalía puso el acento en la gravedad del hecho, en la necesidad de producir más prueba y en la violación de la restricción perimetral por parte del acusado.

 

Por su parte, la defensa argumentó que la prisión preventiva solo puede darse con dos premisas: la posibilidad de fuga o el entorpecimiento de la investigación. Recordó que la legislación prohíbe vincular la prisión preventiva a la gravedad de hecho. Finalmente, solicitó medidas menos gravosas que la prisión preventiva.

 

Finalmente, el juez Dvorzak, tras analizar los argumentos y la normativa vigente por la cual deben regirse los procesos penales, dispuso la prisión preventiva durante el lapso de dos meses para el imputado. Durante ese período debe concluirse la investigación, de manera de poder realizar el juicio respectivo.

 

El hecho imputado

 

El hecho imputado sucedió el 3 de enero a las 00:30 aproximadamente, cuando la víctima se encontraba en su vivienda del Balneario El Condor. En esas circunstancias y desobedeciendo un orden de prohibición de acercamiento dictada por un Juzgado de Familia, el imputado la golpeó con intención de matarla con distintos elementos contundentes tales como un palo de amazar, una olla de hierro marca Essen y una tabla para picar carne.

La agresión, provocó en la víctima una serie de lesiones en su  cuerpo entre las que se encuentran politraumatismos varios, hematomas en su rostro, heridas cortopunzantes en el cuero cabelludo, lesiones en la región molar y fractura del codo derecho.

González Sacco advirtió que el acusado no logró su cometido debido a la intervención del personal policial que intervino al llegar al lugar.

Fundamentación y evidencias desde Fiscalía

Entre las evidencias recabadas hasta el momento, González Sacco reseñó que la acusación se sustenta en el acta de procedimiento realizada por personal de la Comisaría 39º de El Condor, las declaraciones testimoniales recibidas a los uniformados que intervinieron en el caso y las constancias médicas que dan cuenta del estado de salud de la mujer. También adelantó que los médicos lo autorizaron a mantener una conversación telefónica con la víctima, quien ratificó que los hechos sucedieron como los describiera el fiscal.

El representante del Ministerio Público solicitó como medida cautelar, que el imputado permanezca detenido en carácter de prisión preventiva por el plazo de tres meses. En ese periodo se pretende realizar pericias sobre los elementos secuestrados y recepcionar declaraciones testimoniales a la víctima y dos menores que presenciaron el ataque.

Fundó su solicitud en que el acusado podría entorpecer el avance de la investigación. Para lo anterior, tuvo en cuenta que sobre el sujeto pesaba una prohibición de acercamiento de la cual estaba notificado y que sin tenerla en cuenta se hizo presente en la vivienda de la víctima.

“No hay otra medida posible que dictar la prisión preventiva. El imputado ha demostrado que una restricción de menor magnitud que la privación de la libertad no ha sido efectiva porque si hubiera respetado la prohibición de acercamiento no estaríamos en esta audiencia”, explicó el fiscal.

El Juez de Garantías Adrian Dvorzak hizo lugar al requerimiento fiscal pero limitó el alcance de la  prisión preventiva por el término de 60 días.