Piden prisión efectiva para Ignacio Galiano

Ayer se realizó la audiencia de cesura en el marco del juicio en el que se encuentra condenado el abogado Ignacio Galiano por el delito de estafa con uso de documento público. 

La audiencia comenzó con el alegato del Fiscal Guillermo Ortiz. “El condenado es una persona instruida y adulta que orquestó un hecho pensado y que perduró durante meses”. Agregó además que su profesión de abogado presupone que no se trató de un acto irreflexivo e impulsivo, sino que “ideó una maniobra engañosa cometiendo un delito grave”.

Explicó el Fiscal que el hombre, en el marco de dicho engaño “viajó a Buenos Aires, tuvo reuniones con todos los representantes de las mutuales, sostuvo el hecho en el tiempo y lo agravó utilizando documentos públicos falsos, con sellos de los funcionarios y firmas apócrifas”.

“Todo fue falseado para crear una escena en la que se presentaba como un abogado con conocimiento para obtener y tramitar código de descuentos”.

En el marco de este ardid los llevó a un estudio jurídico y engañó a la víctima montando una escena en un estudio jurídico, en el Hotel Bauen y utilizando documentos públicos falsos para engañar a una persona a quien le provocó un perjuicio en su patrimonio”, destacó Ortiz.

Cabe recordar – expresó Ortiz- para demostrar el avance le enviaba al damnificado decretos, instructivos, resoluciones todos aprócrifos y cobró por esos trámites, entre los años 2013 y 2014 la suma de 130 mil pesos aproximadamente. Finalmente requirió la pena de prisión efectiva de tres años y dos meses.

En tanto la Defensa oficial del hombre volvió a estar ejercida por los defensores oficiales Camilo Curi Antun y Pedro Vega quienes cuestionaron el pedido de pena efectiva por considerar infundada tal modalidad así como la cantidad de años pedidos.

Cuestionaron que el fiscal se limitó a valorar nuevamente la prueba de los hechos producida en el debate y nada dijo sobre las reglas de ponderación de la pena ni de la culpabilidad por el hecho, ni realizó ninguna consideración en relación a la finalidad de la pena de prisión en nuestro sistema.

En lo que hace al análisis de la conducta juzgada y sus consecuencias destacaron que “se quiso complejizar una maniobra que, de confirmarse la pena, en realidad fue burda y debió tener escaso poder persuasivo, y que incluso bien pudo interpretarse como como negligencia de la víctima”.

“Si uno ve en todo el hecho la participación que se le atribuyó a Galiano fue presentarse en dos reuniones fingiendo ser una persona que no era y recibir los primeros pagos”, agregaron. La supuesta “puesta en escena“ se caía con un llamado telefónico por parte del denunciante al Ministerio de Economía.

En lo que refiere a las condiciones personales de Galiano, se señaló que se trata de una persona joven, padre de cuatro menores, con ciertos padecimientos y que debe seguir trabajando para mantener a su familia.

“No se registra ningún agravante que lleve a superar el mínimo legal de la pena por la que se lo condenó que debe respetar los principios de humanidad y ser proporcional a la gravedad del delito máxime cuando Galiano carece de antecedentes penales al día de la fecha”, finalizaron.

Finalmente requirieron que se lo condene a una pena de prisión en suspenso de un año junto a la obligación de mantener domicilio y someterse al patronato de liberados. En pocos días el Tribunal conformado por los jueces Marcelo Alvarez, Gastón Pierroni y Roberto Gaviña.