Imputados por el homicidio de Adrian Boock en Bariloche

Una mujer y un hombre fueron imputados en dos audiencias previas por el mismo hecho, el homicidio de Adrian Boock, ocurrido el 20 de julio de este año, en el sector tomas del barrio San Francisco de esta ciudad.

Relató el fiscal adjunto Marcos Sosa Lukman, el hecho objeto de acusación ocurrido en la fecha antes mencionada a las 15:30 en un domicilio ubicado en el sector tomas del barrio San Francisco de esa ciudad.

El hoy imputado junto a las dos personas imputadas previamente y otros dos sujetos aún no identificados, habrían ingresado al domicilio indicado con intención de darle muerte a Adrián Boock, utilizando para ello armas blancas de grandes dimensiones.

En el interior de la casa sorprendieron a la víctima, Adrián Boock, y al dueño de la casa mientras dormían, rápidamente redujo al dueño manteniendolo aprehendido y bajo amenaza a un costado de la casa. Mientras esto ocurría, el imputado junto a los otros acusados atacaron a la víctima aplicándole puntazos en distintas partes del cuerpo. En tanto que le referían a otro hecho sucedido, el cual es investigado por el Ministerio Publico Fiscal, donde un hombre resultó con lesiones gravísimas.

Como resultado de este accionar, Boock sufrió diversas lesiones que le ocasionaron la muerte a raíz de un shock hipovolémico. Lo aquí descripto encuadra en el delito de homicidio calificado por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas, en calidad de coautor, (Artículos 80, inciso 6 y 45 del Código Penal).

Enumeró el fiscal Sosa Lukman la evidencia que sustenta la acusación, tales como acta de procedimiento policial y croquis ilustrativo efectuado en el lugar de los hechos, declaraciones testimoniales, certificados médicos que dan cuenta de las lesiones recibidas, informe de Criminalística y del area de Investigaciones Judiciales de la policía de Río Negro, registros fílmicos de cámaras de seguridad de locales privados y del Centro de Monitoreo, entre otros.

El imputado asistido por el defensor oficial penal Nelson Vigueras junto a la defensora adjunta, declaró que al momento de los hechos se encontraba sacando nieve del techo y brindó su versión acerca de como resultó lesionado. Vigueras manifestó que la hipótesis de la defensa está en línea con lo expresado por su defendido y que trabajarán en otra teoría del caso. No hubo contradicciones en la formulación de cargos ni en el plazo para investigar.

Se opuso en cambio a la medida cautelar de prisión preventiva, por primar el principio de inocencia de su acusado y el derecho a transitar el proceso penal en libertad, junto a otros argumentos. Requirió otras modalidades de ejecución de la medida, como la implementación de una tobillera electrónica.

La fiscalía se opuso a la posibilidad de que se otorgue una prisión domiciliaria con una modificación en la modalidad de ejecución y solicitó además una extracción de ADN, para trabajar en la teoría del caso de la fiscalía.

El Juez de Garantías Juan Martín Arroyo dió por formulados los cargos y otorgó el plazo de cuatro meses. Impuso además la medida cautelar de prisión preventiva, hasta la audiencia de control de acusación tal lo solicitado por la fiscalía. Consideró el magistrado que existe convicción en referencia al modo, tiempo y lugar en que fue descripto el hecho y los riesgos procesales de entorpecimiento a la investigación por el temor manifiesto de algunos testigos sumado el riesgo de fuga.