Confirman sentencia condenatoria por el crimen de Vetoño en Cinco Saltos

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Se confirmó esta semana la pena a trece años de prisión contra Brian Amaya, condenado por el homicidio agravado por ser cometido con un arma de fuego del que resultara víctima Daniel Vetoño. El imputado permanece detenido en el establecimiento de ejecución penal de Cipolletti.

Cabe señalar, que en la audiencia realizada la semana pasada, la defensa representada por el abogado particular Manuel Crespo, entendió que el Tribunal de Juicio local no valoró de forma correcta la declaración de un testigo “privilegiado” que – según su postura – observó toda la secuencia y cuestionó la falta de pericias científicas que acrediten que el condenado habría disparado el arma.

El fiscal Martín Pezzetta señaló en dicha oportunidad, que la realización de ese tipo de pericias era innecesaria para este caso en particular, puesto que había dos testigos presenciales que había observado de forma directa que el acusado empuñaba el arma. Por otro lado, sostuvo que el testigo mencionado por la defensa no pudo observar toda la situación porque llegó después de iniciado el conflicto y porque su posición – se encontraba en la vereda de frente al lugar del hecho – le impedía observar los detalles del enfrentamiento.

El Tribunal de impugnación, integrando por Mario Altuna, Miguel Cardella y Adrián Zimmermann resolvió no hacer lugar al recurso de la defensa y confirmar la pena a trece años de prisión oportunamente dictada.

Según los lineamientos del nuevo Código de Procedimiento Penal, la defensa puede presentar un nuevo recurso para dar intervención al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. Sin embargo, sólo podrá realizarlo en los siguientes tres supuestos:

* Cuando se cuestione la validez de una ley, ordenanza, decreto o reglamento que estatuyan sobre materia regida por la Constitución y la decisión sea contraria a las pretensiones del impugnante.

* En los supuestos que correspondiere la interposición del recurso extraordinario federal.

* Cuando la sentencia del tribunal de impugnación resulte contradictoria con la doctrina sentada en fallo anterior del mismo tribunal o del Superior Tribunal de Justicia sobre la misma cuestión.

El hecho juzgado ocurrió en el barrio Perón de Cinco Saltos el 6 de agosto de 2017 a las cuatro de la madrugada aproximadamente. En esas circunstancias el imputado amenazó a un amigo de la víctima, y en esos momentos, Daniel Vetoño intentó intervenir para calmar la discusión. Ante esta situación, el acusado extrajo de sus ropas un arma de fuego y disparó contra el abdomen de la víctima, quien falleció doce días después del ataque.

La calificación legal del caso fue homicidio calificado por el uso de arma de fuego, amenazas calificadas por el uso de arma y portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal.