Catriel: No podía conducir vehículos por una causa de homicidio culposo y no cumplió

 

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El fiscal Matias Stiep formuló cargos contra un hombre por el delito de quebrantamiento de pena. El joven fue condenado en 2015 por un homicidio en accidente de tránsito ocurrido en Catriel y pesaba sobre él una inhabilitación para conducir vehículos con motor por el plazo de siete años. Según indicó el representante del Ministerio Público, fue observado en dos oportunidades conduciendo automóviles en diciembre de 2018 y enero de 2019.

El primer hecho ocurrió el 6 diciembre de 2018 a las 20:20 horas, cuando personal de la dirección de Transito del Municipio de Catriel se encontraba realizando controles vehiculares de rutina en calle San Martín y Jujuy de la mencionada ciudad. En esas circunstancias, los inspectores observaron al acusado – sobre quien pesaba una inhabilitación judicial que le impedía conducir vehículos – al volante de un Chevrolet Corsa.

Los empleados municipales le solicitaron al hombre que detenga el vehículo, pero el mismo se dio a la fuga.

El segundo hecho se suscitó el 28 de enero de este año alrededor de las 23:45 horas cuando una comisión policial fue advertida por personal del área de Tránsito del Municipio que realizaba un operativo sobre Avenida San Martín de Catriel, de que el acusado se encontraba conduciendo un automóvil VW Bora.

Unos diez minutos después, la policía logró interceptar el vehículo en la intersección de Avenida San Martín y La Rioja de la mencionada comuna. En esas circunstancias el imputado fue debidamente identificado y se procedió a su demora para la realización del correspondiente control de alcoholemia que arrojó resultado positivo puesto que el acusado presentaba 0,94 gramos por litro de sangre.

La conducta del sujeto fue encuadrada por el Ministerio Público Fiscal en el delito de quebrantamiento de inhabilitación judicialmente impuesta, según lo previsto en el 281 bis del Código Penal de la Nación.

Sobre el acusado pesa una pena a tres años de prisión de cumplimiento condicional y siete años de inhabilitación para conducir vehículos dictada el 25 de noviembre de 2015 por un homicidio culposo en un siniestro vial que tuvo lugar en el año 2013. Cabe señalar, que por contar con antecedentes penales computables en caso de recaer condena la misma sería indefectiblemente de cumplimiento efectivo y que se deberá unificar con la mencionada por homicidio culposo.

En cuanto a las principales evidencias el fiscal mencionó las declaraciones de los policías que interceptaron al sujeto en enero de este año, al personal de tránsito que lo observó conduciendo en las dos oportunidades mencionadas y la copia de un expediente del Juzgado de Faltas municipal donde constan las situaciones mencionadas.

El defensor particular Ángelo Zamataro Amaranto no tuvo objeciones formales que realizar a la formulación de cargos. En consecuencia, la jueza de garantías, Laura González Vitale, tuvo por formulada la acusación en los términos expuestos por el Ministerio Público Fiscal.