Caso Do Campo: Veredicto de culpabilidad para uno de los imputados

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Los jueces Daniel Tobares, Alejandro Pellizzon y Gastón Martín, por unanimidad, declararon al imputado Pablo Fabián Rodríguez culpable del delito de «homicidio simple», al finalizar el juicio oral y público por el crimen de Juan Manuel Do Campo, ocurrido el 19 de agosto de 2017 en Río Colorado.

La audiencia, realizada en Roca, tuvo como única finalidad la lectura del veredicto. La sentencia completa con todos sus fundamentos será leída el próximo 12 de marzo a las 11 en la misma Ciudad Judicial.

Debido a que se trata de un hecho investigado y juzgado íntegramente bajo el nuevo sistema procesal penal, el monto de la pena que recibirá Rodríguez se definirá en una segunda etapa del juicio (cesura). En esa instancia las partes (fiscalía y defensa) expondrán en una audiencia pública sus pruebas y argumentos respecto de los montos de pena que soliciten, enmarcándose siempre en la escala penal legal prevista para el delito de «homicidio simple», que es de 8 a 25 años de prisión. Finalizada esa audiencia los jueces dictarán una nueva sentencia, esta vez referida únicamente al monto de la pena que corresponda aplicar según las agravantes o atenuantes acreditadas por la fiscalía y la defensa.

La acusación en el presente juicio estuvo a cargo de los fiscales Andrés Nelli y Daniel Zornitta, en tanto que Rodríguez tuvo la defensa oficial de Luis Carrera y Josefina Santos. Cabe señalar que el imputado llegó a juicio bajo los cargos de «homicidio calificado por ensañamiento y alevosía» pero el Tribunal tuvo por acreditado un homicidio «simple», es decir, sin aquellas agravantes legales.

Por último, los jueces mantuvieron la prisión preventiva que pesaba sobre Rodríguez al considerar que se encuentra acreditado el «peligro de fuga».

Un segundo imputado, José Humberto Rodríguez, hermano del joven declarado culpable, también había llegado a juicio bajo la misma acusación y contó con la representación de los defensores públicos Oscar Mutchinick y Ricardo Stadler. En su caso, el Tribunal resolvió su absolución por «no tener jurisdicción para condenarlo». Ello se debe a que en la última jornada del juicio oral y público la fiscalía consideró que no existían «elementos suficientes de cargo para realizarle un reproche punitivo de homicidio». De hecho, la parte acusadora sostuvo, sobre la base de testimonios recibidos en la audiencia, que este último «intentó detener» a su hermano en el ataque a Do Campo, sin haber tenido «intención de matar».