Bariloche: Comenzó juicio por “Homicidio Culposo” en la causa Guillermo «Coco» Garrido

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El Tribunal integrado por los jueces Sandro Gastón Martin, Gastón Pierroni y Gustavo Quelín, del Foro de Jueces Penales de General Roca, comenzó el lunes a ventilar en juicio oral y público, la causa por el “Homicidio Culposo” que tiene como imputados a los empleados policiales Laura Valeria Leiva y Emilio Victorino Oyarzún, quienes están acusados por haber actuado con negligencia.

El caso se encuadra en el episodio sucedido cuando Guillermo «Coco» Garrido ingresó la noche del 13 de enero de 2011 en calidad de detenido a la comisaría N° 12 de El Bolsón, presuntamente por haber estado involucrado en un accidente automovilístico en la vía pública. En el interior de la celda donde fue alojado, Garrido se quitó la vida utilizando para ello su propio cinturón.

Los imputada Laura Valeria Leiva es actualmente oficial inspectora y reside en Sierra Grande, en tanto el otro imputado Emiliano Victorino Oyarzún, reviste la categoría de cabo de Policía. Ambos al momento del hecho se desempeñaban como instructores, a cargo de los agentes policiales recién egresados, que trabajaban en la comisaría 12.

Según la acusación fiscal, los imputados no hicieron el debido control durante el ingreso y el encierro del joven Garrido. Por ello, los Fiscales Martin Lozada y Francisco Arrien y la querellante Marina Schifrin acusan a Leiva y Oyarzún por el delito de homicidio culposo.

En el alegato de apertura el Fiscal Arrien destacó que a lo largo del juicio demostrará que el día 13 de enero de 2011 hubo un accidente de tránsito entre un Renault 12 conducido por Garrido y un Suran conducido por otro hombre, con pequeños daños materiales. en esa ocasión personal policial se constituyó para labrar las actuaciones y al constatar alcoholismo en Garrido lo trasladó a la Comisaría 12 de El Bolsón. Añadió que todos los agentes policiales eran recién egresados de la Escuela de Policía y realizaron las distintas acciones sin supervisión, de manera incompleta y al momento de ingresar a Garrido omitieron retirarle el cinturón. Luego lo trasladan al hospital de El Bolsón, y regresan a la Comisaría ingresando al calabozo pasadas las 22,00 horas. Estos agentes, dijo Arien, tenían instructores a cargo: los ahora imputados Leiva y Oyarzun. En su alocución Arrien consignó que se va a demostrar que en todo momento el personal no tuvo el debido control ni supervisión, hecho desgraciado en si mismo, que tuvo una definición cuando, una hermana de Garrido, de nombre Carla se acerca a la Comisaría para ver si su hermano necesitaba algo y es allí cuando el personal policial se percata que el mismo estaba colgado con su cinturón de una de las rejas de la celda donde estaba detenido.

Arrien señaló que «…Este trágico hecho no hubiera sucedido si los imputados hubieran controlados tres momentos, a saber: el ingreso, el momento del encierro y el debido control de cuidado en el interior de la celda, donde nunca se constató cual era su estado. Este accionar negligente violó el deber de cuidado y la normativa. Si estaba alcoholizado, se debería haber extremado aún más su cuidado, señaló. Leiva y Oyarzún deben ser condenados por Homicidio Culposo, enfatizó.

La querellente Marina Schifrin, en representación de los padres de Garrido, adhirió a la formulación del Fiscal y mencionó la prueba en la que se basará para acreditar los extremos de la acusación.

Marcos Cicciarello, defensor de Oyarzún en su alocución consideró que se construye una teoría en base a un deber legal que no es exigible a su pupilo y sí a la guardia estable. En este sentido recordó que Oyarzún se encontraba como personal de refuerzo. Por ello, y de acuerdo a la normativa administrativa policial, la responsabilidad les cabe a los titulares. «…Vamos a discutir el rol, prestaba una colaboración, era un refuerzo, porque había mucho trabajo en El Bolsón. Su trabajo era gestionar sobre la base de la orden que le daban los oficiales que si eran responsables legales”, mencionó Cicciarello, defensor oficial.

Por su parte Darío Barroero defensor de la imputada Leiva adhirió a lo dicho por su colega, y consignó que no puede dejar de soslayar que Leiva quedó involucrada como una «perejil,» ya que los verdaderos responsables era otros. Si los condenamos, condenamos a dos inocentes en una necesidad de saciar a la sociedad, señaló.

En la audiencia testimoniaron Guillermo del Carmen Garrido, padre de la víctima, Carla Garrido, hermana, Darío Javier Garrido, hermano, Rosa Marta Mayorga, pareja de la víctima, Romina Hanse médica de guardia, Juan Manuel Piñero Bauer, médico forense, Natalia Jalil, criminóloga, y el médico policial Alvarez.

Segunda audiencia

Ayer martes, en la segunda audiencia, uno de los testimonios relevantes de la jornada fue el de la criminóloga Emma Creimer, quien con soporte audiovisual realizó una revisión del trabajo denominado re autopsia, efectuado en octubre de 2011 sobre el cadáver de Guillermo Garrido.

En este marco la profesional brindó pluralidad de explicaciones, concluyendo que, de acuerdo a todos los indicadores explorados, Garrido no se suicidó en la celda. «Puedo asumir que Garrido sufrió un golpe en el cráneo» dijo Creimer. En ese contexto el Fiscal Jefe requirió al Tribunal se orientará el testimonio a la teoría del caso, es decir Homicidio Culposo, ya que tanto la fiscalía como la querella llegan a esta instancia con la teoría que indica que Garrido se suicidó en la celda de la comisaría 12.

Luego de un breve cuarto intermedio, el Tribunal consideró procedente el testimonio de la Lic. Creimer. En forma posterior se escucharon testimonios de empleados policiales, entre ellos el de la Cabo de Policía Natalia Cáceres quien manifestó haber tenido, al momento del hecho, la llave del calabozo donde estaba detenido Garrido. Señaló que recién lo fue a ver cuándo la hermana de «Coco» fue a llevarle comida y allí se encuentra con la escena, es decir Garrido ahorcado.

Recordó haber estado junto a Ovejero, quien era el encargado de las celdas, como oficial de servicio. Señaló la presencia de Leiva, actualmente imputada. La testigo contestó preguntas de la querella y de los dos defensores. Entre otros conceptos, señaló que no fue a ver a Garrido antes a su celda por su condición de mujer. En horas de la tarde se escuchó el testimonio del empleado policial Araux y de Julio César Gatica.

 

El Juicio continuará a las 16,30 horas oportunidad en que declarará el testigo Ovejero, oficial de guardia al momento del hecho el 13 de enero de 2011 ocurrido en un calabozo de la Unidad 12 de la Policía de Río Negro ubicada en la ciudad de El Bolsón.