Alegatos en caso de abuso sexual simple en fiesta de estudiantes en Viedma

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“Existe una condena social y una penal, la existencia de aquella no implica que se deba prescindir de la penal”, dijo la Fiscal Paula Rodriguez Frandsen al comenzar los alegatos en los que pidió que se declare culpable a un hombre por el delito de abuso sexual simple perpetrado contra una joven en una fiesta estudiantil que se realizaba en una chacra de su propiedad.

La Fiscal lo acusa de haberla besado, en contra de su voluntad, en dos oportunidades. “Los besos son abuso porque la victima, menor de edad, no los consintió”, dijo afirmando que todo ello fue acreditado en debate.

La víctima, una adolescente de 16 años, llegó a la fiesta “creyendo que estaba segura, porque se hacía en la chacra de un amigo de su mamá”. Había más hombres adultos en el lugar, que “se encontraban allí para cuidar a los adolescentes”.

A través de las reproducciones de los testimonios de los menores en Cámaras gesell, “se relata el beso y en qué circunstancias se produjo y eso lo cuenta no sólo la víctima sino otras amigas”. Asimismo diversos peritos dan cuenta de aspectos psicológicos que indican que la niña padeció el hecho.

“Todo está probado, la víctima dijo que quería soltarse y le decía que no al hombre, manteniendo esta actitud incluso al no responderle los mensajes que le envió en días posteriores”. “La ida abrupta de la menor de la fiesta, que no pudo quedarse más tiempo en ese lugar y se fue sola” constituyeron para la fiscal otra muestra de la falta de consentimiento.

En cuanto al consumo de alcohol, explicó que “el mismo quedó probado a través de los testimonios de la totalidad de los presentes” y que fue “un elemento más que indica la falta de consentimiento ya que del propio relato de la víctima surge que no recuerda de forma clara los hechos”.

Finalmente destacó que de los relatos surge que el imputado besó a otras dos menores más, pero “sólo una tuvo la valentía de denunciar a este lobo con piel de cordero, con todo lo que esto implicó”.

La querella, representada por el abogado Fernando Ruiz, basó su alegato en la relación que el hombre tenía con la familia. “Ha quedado acreditada la autoría y la decisión justa es la condena del acusado”, expresó.

La Defensa fue ejercida por el abogado Damián Torres quien volvió a sostener que “el beso fue consentido y eso es moralmente reprochable pero no es delito”.

Dijo que tanto la querella como la Fiscalía modificaron de forma sustancial los hechos lo que les provocó una situación de indefensión y expresó que “de las propias cámaras gesell se desprende que lo que sucedió fue consentido”.

“Las testimoniales de las chicas no benefician al imputado, sin embargo fueron objetivas en el discurso y ninguna habla de falta de consentimiento”, agregó y volvió a poner el foco en la relación que el imputado tenía con la madre de la victima.