Acceso a la Justicia de víctimas de violencia: todos los jueces son competentes

La ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres fue sancionada en 2009 y es de aplicación en todo el territorio del país. Persigue, como objetivo, eliminar la discriminación de las mujeres en todos los aspectos de la vida y tutelar su derecho a vivir una vida sin violencia.

Además busca remover los patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres.

La jueza de Paz de Catriel Georgina Garro, quién recientemente tomó medidas para proteger a una mujer en el contexto de esta ley, explicó que todos los jueces de la provincia son competentes en su aplicación.

El artículo 22 establece que entenderá el juez o jueza en razón de la materia según los tipos y modalidades de violencia que se trate. Aún en caso de incompetencia, el magistrado o magistrada podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente.

La jueza de Paz de Cipolletti Gabriela Lapuente, quién también ha recibido casos de este tipo, explicó que existen distintos tipos de modalidades de violencia y no siempre es competente el juez o la jueza de Paz o de Familia. Enumeró la violencia doméstica  ejercida por un integrante del grupo familiar, la violencia institucional, la violencia laboral, la violencia contra la libertad reproductiva, la violencia obstétrica y  la violencia mediática que involucra publicaciones o difusiones de mensajes e imágenes.

Así en casos de violencia física o sexual podrían intervenir jueces penales, en la violencia psicológica o simbólica los jueces y juezas de familia y en la violencia laboral los jueces del trabajo y también civiles, por ejemplo.

“Lo primero que tiene que tener en cuenta el juez o jueza es proteger a la victima independientemente de cuál es la materia de fondo a la que se hace referencia. Proteger a la victima de los actos de violencia porque esta problemática social nos atraviesa a todos. Una vez tomadas las medidas y puesta en resguardo la víctima se verá cuál es el juez competente para proseguir”, indicó Gabriela Lapuente.

La ley define una serie de medidas preventivas: prohibición de acercamiento, restitución inmediata de efectos personales, exclusión del hogar, fijación provisoria de cuota alimentaria, entre otras.

Además tutela los derechos de las niñas y adolescentes quienes también pueden denunciar y tienen el derecho a ser oídas.