Niegan probation a acusado de crueldad animal en Fernández Oro

Con el dictamen negativo de la fiscalía, fue rechazado el beneficio de la probation para el acusado de maltrato animal en el caso de la perra Estelita de Fernández Oro. El argumento central fue la instrucción general de la Procuracion respecto al tratamiento de este tipo de delitos. La jueza de garantías convalidó la postura y el imputado irá a juicio.

El defensor particular de acusado solicitó la aplicación una probation arguemtnando que estaban dados los requisitos previstos en el Código Penal para que su asistido acceda al mismo.

Sostuvo que el delito imputado prevé penas menores a los tres años de prisión, que el acusado no cuenta con antecedentes penales computables y ofreció el pago de un resarcimiento económico para las asociaciones que se presentaron como querellantes en la causa y la realización de horas comunitarias por el plazo de un año.

La fiscalía, sostuvo que por razones de política criminal no correspondía la aplicación del beneficio. En este punto, recordaron que recientemente el Procurador General de la Provincial, Jorge Crespo, dictó la Instrucción General nro. 04 en el cual se disponen las pautas generales para el otorgamiento de los beneficios procesales en los casos de maltrato animal.

“Deben entenderse a los actos de crueldad hacia los ANH (animales no humanos) como hechos graves”, atendiendo que revisten este caracter por “la violencia que se despliega para causar sufrimiento,de manera innecesaria por el modo excesivo, perverso o violento de la conducta”, dispone la Instrucción General.

Por otro lado, la fiscal adjunta a cargo del dictamen del Ministerio Público consideró que más allá del ofrecimiento de reparación, producto del acto de crueldad del que resultara víctima «Estelita», la misma perdió la vida y que ninguna suma de dinero podría devolversela.

La querella que representa a la Asociación Protectora de Animales de Fernández Oro (APAFO) y la Asociación de Funcionarios y Abogados en Defensa de los Animales también se opusieron a que el acusado pudiera acceder al beneficio procesal.

A la hora de describir lo sucedido, la fiscal adjunta que participó la audiencia explicó que el hecho investigado sucedió el 22 de mayo entre las 23:00 y las 00:00 del día 23 cuando el acusado habría atado con una cuerda a la perra “Estelita” y la arrastró sobre la cinta asfáltica sobre Ruta 65 a la altura del derivador de ingreso a Fernández Oro por calle Iguazú.

Lo anterior fue advertido por un grupo de taxistas que habrían alertado al imputado, momentos en que el hombre detuvo la marcha y la ingresó al interior del vehículo para irse del lugar. Al día siguiente, la perra fue hallada abandonada por una persona quien dio aviso a las integrantes de la Asociación Protectora de Animales de Fernández Oro (APAFO), quienes le brindaron la asistencia veterinaria pertinente para el caso.

Los veterinarios que asistieron a la animal no humano acreditaron las lesiones que sufrió la misma en distintas zonas del cuerpo e iniciaron el tratamiento correspondiente pero finalmente, la misma falleció el 4 de agosto.

Según la hipótesis fiscal, las lesiones fueron provocadas de forma intencional por el acuasdo, quien con su accionar le causó “torturas y sufrimientos innecesarios” conducta que encuadra como el delito de Crueldad animal conforme artículo 3 inciso 7° de la Ley Nacional 14.346.

La Jueza de Garantías, que intervino en la audiencia, consideró fundado el dictamen de la fiscal y en consecuencia rechazó el planteo del beneficio procesal en favor del acusado. De esta forma, los acusadores quedaron en condiciones de solicitar la correspondiente audiencia de control de acusación, audiencia previa al juicio oral y público en el que se resolvería el caso.